A/HRC/41/41
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
17 de mayo de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
41er período de sesiones
24 de junio a 12 de julio de 2019
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Derechos a la libertad de reunión pacífica y
de asociación
Informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad
de reunión pacífica y de asociación*
Resumen
En el presente informe, el Relator Especial sobre los derechos a la libertad de
reunión pacífica y de asociación, Clément Nyaletsossi Voule, expone las oportunidades y
los problemas que hay en el ámbito de esos derechos en la era digital. El Relator Especial
pretende ofrecer orientación sobre las mejores fórmulas para mantener y aprovechar al
máximo estas oportunidades y hacer frente a los riesgos.
El Relator Especial concluye que el derecho internacional protege los derechos a la
libertad de reunión pacífica y de asociación con independencia de que se ejerzan
personalmente, con los medios técnicos contemporáneos o con los que se inventen en el
futuro. Las normas y los principios de derechos humanos vigentes no solo deberían dictar
el comportamiento de los Estados, sino también constituir el marco por el que se rigieran
las empresas de tecnología digital en lo tocante al diseño, el control y la gestión de las
tecnologías digitales.
* Se acordó publicar el presente informe tras la fecha de publicación prevista debido a circunstancias
que escapan al control de quien lo presenta.
GE.19-08114 (S)
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