A/RES/55/77
24. Reitera que el Plan de Acción aprobado por la Conferencia Regional de
Asistencia a los Refugiados, los Repatriados y las Personas Desplazadas en la
Región de los Grandes Lagos, celebrada en Bujumbura del 15 al 17 de febrero
de 1995, hecho suyo por la Asamblea General en su resolución 50/149, de 21 de
diciembre de 1995, sigue siendo un marco viable para resolver los problemas
humanitarios y de refugiados de esa región;
25. Insta a la comunidad internacional a que responda positivamente a las
solicitudes de reasentamiento de refugiados africanos en terceros países animada de
un espíritu de solidaridad y dispuesta a compartir la carga que ello entraña, y
observa con reconocimiento que algunos países de África han ofrecido lugares de
reasentamiento para refugiados;
26. Acoge con beneplácito los programas llevados a cabo por la Oficina del
Alto Comisionado junto con los gobiernos de acogida, las Naciones Unidas, las
organizaciones no gubernamentales y la comunidad internacional para hacer frente a
las repercusiones ambientales de la presencia de poblaciones de refugiados;
27. Exhorta a la comunidad internacional de donantes a que proporcione
asistencia material y financiera para la ejecución de programas orientados a la
rehabilitación de elementos del medio ambiente y la infraestructura afectados por la
presencia de refugiados en los países de asilo;
28. Expresa su preocupación por la prolongada permanencia de refugiados en
algunos países africanos y exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que
mantenga en examen sus programas, de conformidad con su mandato, en los países
de acogida, teniendo en cuenta las necesidades cada vez mayores de los refugiados;
29. Hace hincapié en la necesidad de que la Oficina del Alto Comisionado
reúna periódicamente estadísticas sobre el número de refugiados que viven fuera de
los campamentos de refugiados en algunos países de África, con miras a evaluar sus
necesidades y atender a ellas;
30. Insta a la comunidad internacional a que, animada de un espíritu de
solidaridad internacional y de la voluntad de compartir la carga que ello entraña,
continúe financiando generosamente los programas de refugiados de la Oficina del
Alto Comisionado y, teniendo en cuenta las necesidades notablemente mayores de
los programas en África, se asegure de que África reciba una parte justa y equitativa
de los recursos destinados a los refugiados;
31. Pide a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales que presten particular atención a las necesidades especiales de
las mujeres y los niños refugiados y de las personas desplazadas, incluidas las
personas que tengan una necesidad especial de recibir protección;
32. Exhorta a los Estados y a la Oficina del Alto Comisionado a que
redoblen sus esfuerzos para que se respeten plenamente los derechos, las
necesidades y la dignidad de los refugiados ancianos y se procure atenderlos
mediante programas adecuados de actividades;
33. Invita al Representante del Secretario General sobre los desplazados
internos a que prosiga su diálogo con los Estados Miembros y las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, con arreglo a su mandato, y
que incluya información al respecto en sus informes a la Comisión de Derechos
Humanos y la Asamblea General;
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