A/RES/55/77 24. Reitera que el Plan de Acción aprobado por la Conferencia Regional de Asistencia a los Refugiados, los Repatriados y las Personas Desplazadas en la Región de los Grandes Lagos, celebrada en Bujumbura del 15 al 17 de febrero de 1995, hecho suyo por la Asamblea General en su resolución 50/149, de 21 de diciembre de 1995, sigue siendo un marco viable para resolver los problemas humanitarios y de refugiados de esa región; 25. Insta a la comunidad internacional a que responda positivamente a las solicitudes de reasentamiento de refugiados africanos en terceros países animada de un espíritu de solidaridad y dispuesta a compartir la carga que ello entraña, y observa con reconocimiento que algunos países de África han ofrecido lugares de reasentamiento para refugiados; 26. Acoge con beneplácito los programas llevados a cabo por la Oficina del Alto Comisionado junto con los gobiernos de acogida, las Naciones Unidas, las organizaciones no gubernamentales y la comunidad internacional para hacer frente a las repercusiones ambientales de la presencia de poblaciones de refugiados; 27. Exhorta a la comunidad internacional de donantes a que proporcione asistencia material y financiera para la ejecución de programas orientados a la rehabilitación de elementos del medio ambiente y la infraestructura afectados por la presencia de refugiados en los países de asilo; 28. Expresa su preocupación por la prolongada permanencia de refugiados en algunos países africanos y exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que mantenga en examen sus programas, de conformidad con su mandato, en los países de acogida, teniendo en cuenta las necesidades cada vez mayores de los refugiados; 29. Hace hincapié en la necesidad de que la Oficina del Alto Comisionado reúna periódicamente estadísticas sobre el número de refugiados que viven fuera de los campamentos de refugiados en algunos países de África, con miras a evaluar sus necesidades y atender a ellas; 30. Insta a la comunidad internacional a que, animada de un espíritu de solidaridad internacional y de la voluntad de compartir la carga que ello entraña, continúe financiando generosamente los programas de refugiados de la Oficina del Alto Comisionado y, teniendo en cuenta las necesidades notablemente mayores de los programas en África, se asegure de que África reciba una parte justa y equitativa de los recursos destinados a los refugiados; 31. Pide a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que presten particular atención a las necesidades especiales de las mujeres y los niños refugiados y de las personas desplazadas, incluidas las personas que tengan una necesidad especial de recibir protección; 32. Exhorta a los Estados y a la Oficina del Alto Comisionado a que redoblen sus esfuerzos para que se respeten plenamente los derechos, las necesidades y la dignidad de los refugiados ancianos y se procure atenderlos mediante programas adecuados de actividades; 33. Invita al Representante del Secretario General sobre los desplazados internos a que prosiga su diálogo con los Estados Miembros y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales interesadas, con arreglo a su mandato, y que incluya información al respecto en sus informes a la Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General; 6

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