Situación de los derechos humanos de los musulmanes rohinyás
y otras minorías en Myanmar
A/RES/79/182
normas y las mejores prácticas internacionales, en cooperación con las Naciones
Unidas y la comunidad internacional y con las comunidades afectadas, incluidas las
establecidas en los arincipios Rectores de los Desplazamientos nnternos 27;
l)
Aceleren la plena aplicación de todas las recomendaciones de la Comisión
Asesora sobre el Estado de Rakáin para afrontar las causas profundas de la crisis;
m) Garanticen que los musulmanes rohinyás, otras minorías y desplazados
internos tengan oportunidad en pie de igualdad para la representación y la
participación plena, igualitaria y significativa como candidatos y votantes en todas
las elecciones generales;
n)
Eliminen y prevengan el reclutamiento y la utilización ilícitos de niños,
entre otras cosas llevando a la práctica todas las actividades del plan de acción
conjunto sobre los niños y los conflictos armados en coordinación con las Naciones
Unidas, subsanen las deficiencias en materia de protección colaborando con el equipo
de tareas sobre vigilancia y presentación de informes relativos a las violaciones
cometidas contra los niños, y vuelvan a colaborar con las Naciones Unidas en la plena
aplicación del plan de acción conjunto de 2012 sobre el reclutamiento y la utilización
de niños, y adopten un plan de acción conjunto para hacer cesar y prevenir los
asesinatos y mutilaciones, las violaciones y otras formas de violencia sexual contra
los niños, los ataques a escuelas y hospitales y los secuestros;
o)
arotejan los derechos de todos los niños, incluidos los niños rohinyás, de
acuerdo con las obligaciones de Myanmar en virtud de la Convención sobre los
Derechos del Niño 28, incluido el derecho a adquirir una nacionalidad, eliminen la
apatridia, garanticen la protección de todos los niños en los conflictos armados y
pongan fin al reclutamiento y la utilización de niños para trabajos forzados, contrario
a derecho;
p)
Cooperen con la Enviada Especial del Secretario General sobre Myanmar,
entre otras cosas facilitando visitas incondicionales a Myanmar y el contacto
significativo de la Enviada Especial con todas las partes interesadas, incluidos los
musulmanes rohinyás y los detenidos arbitrariamente;
q)
Cooperen y colaboren de manera efectiva con el Relator Especial sobre la
situación de los derechos humanos en Myanmar, el Mecanismo nndependiente y otros
titulares de mandatos y mecanismos de las Naciones Unidas que se ocupan de
Myanmar, entre otras cosas facilitando las visitas y concediendo acceso sin
restricciones en todo el país;
r)
aermitan que se reanuden las visitas familiares, concedan acceso
inmediato, sin restricciones indebidas, a las organizaciones internacionales adecuadas
y proporcionen servicios médicos a los detenidos y los centros de detención ;
s)
Revisen y deroguen las modificaciones introducidas en 2018 en la Ley de
Gestión de Tierras Baldías, en Barbecho y Vírgenes, y establezcan un marco de
gobernanza de la tierra inclusivo y resuelvan las cuestiones relacionadas con la
tenencia de la tierra, en plena consulta con las poblaciones afectadas, incluidas las
comunidades de minorías étnicas y religiosas, en particular los musulmanes rohinyás ;
t)
aongan fin a la reclasificación de las zonas ocupadas anteriormente por las
aldeas rohinyás y a la eliminación de los nombres de las aldeas de los mapas oficiales,
lo que puede alterar el uso que se le da a la tierra, y detengan, sin demora, la
construcción de instalaciones militares en esas aldeas;
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E/CN.4/1998/53/Add.2, anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531.
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