A/RES/64/72
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
19 de marzo de 2010
Sexagésimo cuarto período de sesiones
Tema 76 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 4 de diciembre de 2009
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/64/L.29 y Add.1)]
64/72. La pesca sostenible, incluso mediante el Acuerdo de 1995
sobre la aplicación de las disposiciones de la Convención
de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 10 de
diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación
de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones
de peces altamente migratorios, e instrumentos conexos
La Asamblea General,
Reafirmando sus resoluciones anuales sobre la pesca sostenible, incluida la
resolución 63/112, de 5 de diciembre de 2008, y las demás resoluciones pertinentes,
Recordando las disposiciones pertinentes de la Convención de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar (“la Convención”) 1 y teniendo presente la
relación entre la Convención y el Acuerdo de 1995 sobre la aplicación de las
disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
de 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de las
poblaciones de peces transzonales y las poblaciones de peces altamente migratorios
(“el Acuerdo”) 2,
Acogiendo con beneplácito las recientes ratificaciones del Acuerdo y
adhesiones a este, así como el hecho de que un número creciente de Estados y de
entidades a que se hace referencia en la Convención y en el apartado b) del párrafo 2
del artículo 1 del Acuerdo, así como de organizaciones y arreglos subregionales y
regionales de ordenación pesquera, hayan adoptado las medidas procedentes para
aplicar las disposiciones del Acuerdo,
Acogiendo con beneplácito también la labor de la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y de su Comité de Pesca, y la
Declaración de Roma de 2005 sobre la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,
aprobada el 12 de marzo de 2005 3, y reconociendo que en el Código de Conducta
_______________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1833, núm. 31363.
Ibíd., vol. 2167, núm. 37924.
3
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Resultados de la Reunión
Ministerial sobre Pesca, Roma, 12 de marzo de 2005 (CL 128/INF/11), apéndice B.
2
09-46618
*0946618*
Se ruega reciclar
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