A/RES/64/72
naturales, ya que se utilizan en las previsiones meteorológicas y marinas, la
ordenación de la pesca, las previsiones de tsunamis y la predicción climática, y
expresando preocupación porque la mayor parte de los daños que sufren las boyas
utilizadas para la obtención de datos oceanográficos, como las boyas ancladas y los
tsunámetros, suelen ser resultado de acciones realizadas por operaciones pesqueras
que dejan inutilizables esas boyas,
Reconociendo la necesidad de que los Estados, individualmente y por medio
de las organizaciones y los arreglos regionales de ordenación pesquera, continúen
elaborando y aplicando medidas eficaces que incumban al Estado del puerto, en
consonancia con el derecho internacional, para combatir la sobrepesca y las
actividades pesqueras ilegales, no declaradas y no reglamentadas, la necesidad
crítica de cooperar con los Estados en desarrollo a fin de fortalecer su capacidad y la
importancia de la cooperación entre la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación y la Organización Marítima Internacional a este
respecto,
Acogiendo con beneplácito, a este respecto, que la Conferencia de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación haya
aprobado el Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto destinadas a
prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada 9, y
que ese Acuerdo se abriera a la firma el 22 de noviembre de 2009,
Preocupada porque la contaminación marina procedente de todas las fuentes,
entre ellas los buques y, en particular, las fuentes terrestres, constituye una grave
amenaza para la salud y la seguridad del ser humano, pone en peligro las
poblaciones de peces, la biodiversidad marina y los hábitats marinos y costeros, y
entraña un costo considerable para la economía local y nacional,
Reconociendo que los detritos marinos constituyen un problema mundial de
contaminación transfronteriza y que, en razón de los muchos tipos y fuentes distintos
de detritos marinos existentes, es necesario aplicar métodos diferentes para su
prevención y remoción,
Observando que la contribución de la acuicultura sostenible a la oferta
mundial de pescado sigue abriendo a los países en desarrollo posibilidades de
aumentar la seguridad alimentaria y reducir la pobreza y que, junto con la labor de
otros países que practican la acuicultura, aportará una importante contribución a la
satisfacción de la demanda futura de pescado para el consumo, teniendo presente el
artículo 9 del Código,
Señalando las circunstancias que afectan a la pesca en muchos Estados en
desarrollo, especialmente los Estados de África y los pequeños Estados insulares en
desarrollo, y reconociendo la necesidad urgente de crear capacidad en dichos
Estados, incluida la transferencia de tecnología marina y en particular la relacionada
con la pesca, para que estén en mejores condiciones de cumplir las obligaciones y
ejercer los derechos que les incumben en virtud de los instrumentos internacionales
a fin de hacer efectivos los beneficios de los recursos pesqueros,
Reconociendo la necesidad de adoptar medidas adecuadas para reducir al
mínimo la captura incidental, los desechos, los descartes, incluida la selección, las
pérdidas de aparejos de pesca y otros factores que van en detrimento de las
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Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Informe de la Conferencia
de la FAO, 36º período de sesiones, Roma, 18 a 23 de noviembre de 2009 (C 2009/REP), apéndice E.
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