A/HRC/RES/56/1 la urgencia que reviste la plena aplicación de las recomendaciones que figuran en ambos informes, Haciendo notar la labor y los informes del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar, lamentando al mismo tiempo profundamente que Myanmar siga sin cooperar con el mandato y denegándole el acceso al país desde diciembre de 2017, e instando a Myanmar a que coopere plenamente con el Relator Especial, Observando con aprecio la labor de las sucesivas enviadas especiales del Secretario General sobre Myanmar y, a este respecto, el nombramiento de la nueva Enviada Especial, y alentándola a que mantenga el contacto y un diálogo inclusivo con todas las partes interesadas pertinentes y las poblaciones afectadas, así como su colaboración con el Enviado Especial de la Presidencia de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental sobre Myanmar, e instando a Myanmar a que coopere plenamente con la Enviada Especial, Acogiendo con beneplácito la labor en curso y los informes del Mecanismo Independiente para Myanmar, establecido por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 39/2, en relación con la reunión, la consolidación, la preservación y el análisis de las pruebas de los crímenes internacionales y las violaciones del derecho internacional más graves, incluida la vulneración del derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos, cometidos por Myanmar desde 2011, incluido el quinto informe presentado al Consejo de Derechos Humanos3, y lamentando al mismo tiempo que el Mecanismo siga sin tener acceso al país y sin contar con su cooperación, Expresando preocupación por las conclusiones del Mecanismo Independiente para Myanmar según las cuales una campaña de promoción del discurso de odio en Facebook coordinada y organizada por las Fuerzas Armadas de Myanmar y otras partes contra los musulmanes rohinyás contribuyó a alimentar la violencia masiva y, posteriormente, provocó el éxodo en masa de rohinyás en 2017, expresando preocupación también porque prosigue esa campaña en los medios sociales, sobre todo en Facebook, y condenando todos los casos de discurso de odio, en particular contra los rohinyás, Expresando profunda preocupación por el aumento de la información errónea, la desinformación y el discurso de odio contra los musulmanes rohinyás y otras minorías, en particular mediante el uso de tecnologías emergentes como la inteligencia artificial, y reconociendo las graves consecuencias generales y humanitarias para las poblaciones afectadas y el personal humanitario, Recordando la significativa labor de la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar y todos sus informes, incluido su informe final 4, y sus documentos sobre los intereses económicos de las Fuerzas Armadas de Myanmar y sobre la violencia sexual y de género en el país y los efectos de sus conflictos étnicos en función del género5, Alarmado por las conclusiones de la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar acerca de las pruebas de las violaciones y los abusos manifiestos contra los derechos humanos de los musulmanes rohinyás y otras minorías perpetrados por las fuerzas armadas y de seguridad de Myanmar, que, según la misión de investigación, equivalen indudablemente a los crímenes más graves en virtud del derecho internacional, expresando profunda preocupación por la falta de progresos en la aplicación de las recomendaciones de la misión de investigación de que se lleven a cabo investigaciones rápidas, eficaces, exhaustivas, independientes e imparciales y de que se exijan responsabilidades a los autores de los crímenes cometidos en todo Myanmar, y lamentando profundamente que Myanmar no coopere con la misión, Condenando enérgicamente las violaciones y los abusos manifiestos contra los derechos humanos de los musulmanes rohinyás y otras minorías perpetrados por las fuerzas armadas y de seguridad de Myanmar, demostrados en las conclusiones de la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar, y lamentando la falta de 3 4 5 2 A/HRC/54/19. A/HRC/42/50. Puede consultarse en https://www.ohchr.org/es/hr-bodies/hrc/regular-sessions/session42/list-reports. GE.24-13010

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