A/HRC/RES/49/28
de palestinos y la construcción del muro por parte de Israel, destaca que esta fragmentación,
que socava la posibilidad de que el pueblo palestino pueda hacer efectivo su derecho a la
libre determinación, es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de
las Naciones Unidas, y pone de relieve a este respecto la necesidad de que se respeten y
preserven la unidad, la contigüidad y la integridad territoriales de todo el Territorio Palestino
Ocupado, incluida Jerusalén Oriental;
6.
Confirma que el derecho del pueblo palestino a la soberanía permanente sobre
sus riquezas y recursos naturales debe ejercerse en beneficio del desarrollo nacional y del
bienestar del pueblo palestino y para hacer efectivo su derecho a la libre determinación;
7.
Exhorta a todos los Estados a que cumplan sus obligaciones de no
reconocimiento, no ayuda y no asistencia con respecto a las violaciones graves de las normas
imperativas de derecho internacional cometidas por Israel, en particular la prohibición de
adquirir territorio por la fuerza, a fin de asegurar el ejercicio del derecho a la libre
determinación, y los exhorta también a que sigan cooperando para lograr, por medios lícitos,
que terminen esas graves violaciones y se revoquen las políticas y prácticas ilegales de Israel;
8.
Insta a todos los Estados a que adopten las medidas necesarias para promover
la efectividad del derecho a la libre determinación del pueblo palestino y presten asistencia a
las Naciones Unidas en el desempeño de las funciones que se le encomiendan en la Carta
respecto de la observancia de este derecho;
9.
Decide seguir ocupándose de la cuestión.
58ª sesión
1 de abril de 2022
[Aprobada en votación registrada por 41 votos a favor contra 3 y 3 abstenciones. El resultado
de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Alemania, Argentina, Armenia, Benin, Bolivia (Estado Plurinacional de),
Brasil, China, Côte d’Ivoire, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea,
Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Gabón, Gambia, India, Indonesia,
Japón, Kazajstán, Libia, Luxemburgo, Malasia, Malawi, Mauritania, México,
Montenegro, Namibia, Nepal, Países Bajos, Pakistán, Paraguay, Polonia,
Qatar, República de Corea, Senegal, Somalia, Sudán, Ucrania, Uzbekistán,
Venezuela (República Bolivariana de).
Votos en contra:
Estados Unidos de América, Islas Marshall, Reino Unido de Gran Bretaña e
Irlanda del Norte.
Abstenciones:
Camerún, Honduras, Lituania.]
GE.22-05091
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