A/RES/50/206
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4.
Toma nota de la decisión del Comité de Conferencias que figura en
el párrafo 75 de su informe 2/ y pide al Comité que le informe, en su
quincuagésimo primer período de sesiones, sobre la aplicación de esa decisión.
100ª sesión plenaria
23 de diciembre de 1995
C
La Asamblea General,
Tomando nota de la declaración formulada por el representante del
Secretario General en la Quinta Comisión el 10 de octubre de 1995 respecto de,
entre otras cosas, el costo de la documentación 6/,
Reconociendo el derecho de los Estados Miembros, ejercido por conducto
de los órganos intergubernamentales, a solicitar informes,
Reconociendo que los Estados Miembros, si actúan con moderación en la
formulación de tales solicitudes, pueden contribuir directamente a la
reducción de la documentación, lo que se traduce en economías,
Reconociendo también que la reducción de la demanda de documentación y
del volumen de ésta podría conducir al mejoramiento de la calidad y la
puntualidad de los informes,
Observando que en la decisión 1995/222 del Consejo Económico y Social,
de 5 de mayo de 1995, titulada "Documentación", se estipula que la Secretaría
deberá rendir cuentas cuando los informes se presenten con gran retraso,
Observando también que algunas de las medidas adoptadas por el Comité de
Conferencias y la Comisión sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con
Fines Pacíficos pueden producir una reducción de los costos de la
documentación, pero señalando al mismo tiempo que las repercusiones políticas
y financieras de esas medidas deben ser evaluadas por la Asamblea General,
Reconociendo el derecho de los Estados Miembros a solicitar que las
comunicaciones se distribuyan como documentos oficiales,
1.
Toma nota con preocupación de que no se exija habitualmente que se
respeten los actuales límites de treinta y dos páginas y veinticuatro páginas
aplicables a los documentos preparados para las reuniones
intergubernamentales, límites que fueron confirmados en sus resoluciones
36/117 A, de 10 de diciembre de 1981, y 38/32 E, de 25 de noviembre de 1983,
respectivamente;
2.
Pide al Secretario General que, cuando proceda, exija que se
respeten los actuales límites del número de páginas mencionados en el párrafo
1 supra respecto de todos los documentos preparados por la Secretaría, que
revise esos límites, cuando proceda, con miras a lograr una reducción general
de la documentación sin que ello redunde en desmedro de la calidad, y que le
informe al respecto en su quincuagésimo primer período de sesiones por
conducto del Comité de Conferencias;
3.
Pide también al Secretario General que sólo cuando sea necesario
incluya breves descripciones de los antecedentes de los temas de que traten
6/
Véase A/C.5/50/SR.4.
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