A/HRC/RES/49/8
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de abril de 2022
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
49º período de sesiones
28 de febrero a 1 de abril de 2022
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 31 de marzo de 2022
49/8.
Conmemoración del 35º aniversario de la Declaración sobre
el Derecho al Desarrollo
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando la Carta de las Naciones Unidas y los instrumentos fundamentales de
derechos humanos,
Reafirmando la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, aprobada por la
Asamblea General en su resolución 41/128, de 4 de diciembre de 1986,
Destacando la importancia de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos,
celebrada en Viena en 1993, y que en la Declaración y el Programa de Acción de Viena se
reafirmó que el derecho al desarrollo es un derecho universal e inalienable y parte esencial
de los derechos humanos fundamentales y que cada persona es el sujeto central y el
beneficiario del desarrollo,
Reafirmando todas las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos, del
Consejo de Derechos Humanos y de la Asamblea General sobre el derecho al desarrollo, las
más recientes de las cuales son la resolución 48/10 del Consejo, de 8 de octubre de 2021, y
la resolución 76/163 de la Asamblea, de 16 de diciembre de 2021,
Poniendo de relieve que todos los derechos humanos y libertades fundamentales,
incluido el derecho al desarrollo, son universales, indivisibles e interdependientes, están
relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente,
Poniendo de relieve también la urgente necesidad de hacer del derecho al desarrollo
una realidad para todos,
Destacando la importancia que reviste la aprobación de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible y sus medios de implementación, y poniendo de relieve que la
Agenda 2030 se inspira en la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y que el derecho al
desarrollo es esencial para lograr su pleno cumplimiento y debe ser un elemento central de
su implementación,
Reconociendo que los Estados Miembros deben cooperar entre sí para lograr el
desarrollo y eliminar los obstáculos persistentes a este, que la comunidad internacional debe
promover una cooperación internacional eficaz, en particular el establecimiento de alianzas
mundiales para el desarrollo, a fin de hacer efectivo el derecho al desarrollo, y que el progreso
GE.22-05082 (S)
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