A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/31
30 de enero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 74 del programa
RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Comisión Política Especial
y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/49/616)]
49/31.
Protección y seguridad de los Estados
pequeños
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 44/51, de 8 de diciembre de 1989, y 46/43,
de 9 de diciembre de 1991, en las que reconoció que los Estados pequeños
podían ser particularmente vulnerables a las amenazas externas y a los actos
de injerencia en sus asuntos internos,
Reafirmando su compromiso con la paz y la seguridad internacionales,
Recordando también la Declaración sobre los principios de derecho
internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre
los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas 1/,
Consciente de que los Estados pequeños pueden ser particularmente
vulnerables a las amenazas externas y a los actos de injerencia en sus asuntos
internos y pueden tener necesidades especiales acordes con el derecho a la
soberanía y la integridad territorial,
Preocupada por el peligro que pueden entrañar para los Estados pequeños
los mercenarios y los terroristas, así como los traficantes de drogas,
Condenando todos los actos de agresión, entre ellos los cometidos contra
la soberanía y la integridad territorial de los Estados pequeños,
Habiendo examinado el informe del Secretario General 2/ sobre la
aplicación de la resolución 46/43,
__________
1/ Resolución 2625 (XXV), anexo.
2/ A/49/353.
95-76426
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