Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/56/89
Distr. general
25 de enero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 167 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/56/594)]
56/89.
Alcance de la protección jurídica en virtud de la
Convención sobre la Seguridad del Personal de las
Naciones Unidas y el Personal Asociado
La Asamblea General,
Recordando su resolución 55/175, de 19 de diciembre de 2000, sobre la
seguridad del personal de asistencia humanitaria y la protección del personal de las
Naciones Unidas,
Recordando también su resolución 49/59, de 9 de diciembre de 1994, por la
que aprobó la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y
el Personal Asociado,
Recordando asimismo la carta de fecha 24 de octubre de 2000 dirigida al
Presidente del Consejo de Seguridad en nombre del personal del sistema de las
Naciones Unidas en todo el mundo 1, en la que se señalan a su atención los
problemas de seguridad que enfrentan el personal de las Naciones Unidas y el
personal asociado,
Reafirmando la necesidad de promover y garantizar el respeto de los principios
y normas del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario,
así como las disposiciones pertinentes a los derechos humanos y a los refugiados,
Profundamente preocupada por los crecientes riesgos y peligros a que se
enfrentan sobre el terreno el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado,
y consciente de la necesidad de proporcionar la mayor protección posible para su
seguridad,
Expresando su preocupación por el hecho de que el personal de contratación
local se vea particularmente expuesto a ataques,
_______________
1
01 47902
S/2000/1133, anexo.
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