Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/58/164
Distr. general
4 de marzo de 2004
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 117 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.1 y Corr.1)]
58/164. La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos
o degradantes
La Asamblea General,
Recordando el artículo 5 de la Declaración Universal de Derechos Humanos 1,
el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2, la Declaración
sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes 3, y su resolución 39/46, de 10 de diciembre
de 1984, por la cual aprobó y abrió a la firma, ratificación y adhesión la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,
Recordando también que el derecho a no ser sometido a torturas y otros tratos
o penas crueles, inhumanos o degradantes no admite excepción y debe estar
protegido en todas las circunstancias, incluso en tiempos de disturbios internos o
internacionales o de conflicto armado, y que todos los instrumentos internacionales
en la materia afirman expresamente la prohibición de la tortura,
Recordando además todas sus resoluciones o decisiones anteriores acerca de la
tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como las del
Consejo Económico y Social y de la Comisión de Derechos Humanos, en particular
su resolución 57/200, de 18 de diciembre de 2002, y la resolución 2003/32 de la
Comisión, de 23 de abril de 2003 4,
Recordando la recomendación contenida en la Declaración y Programa de
Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el
25 de junio de 1993 5, de que se diera gran prioridad a los recursos necesarios para
prestar asistencia a las víctimas de la tortura y a recursos efectivos para su
rehabilitación física, psicológica y social, en particular mediante aportaciones
adicionales al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para las
Víctimas de la Tortura,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Resolución 3452 (XXX), anexo.
4
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23),
cap. II, secc. A.
5
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
2
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