A/RES/60/117 A-B Consciente de que las misiones visitadoras de las Naciones Unidas son un medio eficaz de determinar la situación existente en los territorios, que algunos territorios no han recibido desde hace tiempo ninguna misión visitadora de las Naciones Unidas y que no se ha enviado ninguna misión visitadora a algunos de los territorios, y considerando la posibilidad de enviar otras misiones visitadoras a los territorios en el momento oportuno y en consulta con las Potencias administradoras, Consciente también de que para que comprenda mejor el estatuto político de los pueblos de los territorios y cumpla su mandato con eficacia es importante que el Comité Especial reciba información de las Potencias administradoras y de otras fuentes apropiadas, incluidos los representantes de los territorios, acerca de los deseos y las aspiraciones de esos pueblos, Reconociendo la necesidad de que el Comité Especial ponga en marcha una campaña de información pública para ayudar a los pueblos de los territorios a comprender las distintas opciones en lo que respecta a la libre determinación, Teniendo presente a ese respecto que la celebración de seminarios en las regiones del Caribe y el Pacífico, en la Sede y otros lugares, con la participación activa de los representantes de los territorios no autónomos, es un medio eficaz para que el Comité Especial cumpla su mandato, y que el carácter regional de los seminarios, que se celebran alternadamente en el Caribe y el Pacífico, es un elemento fundamental de su éxito, reconociendo al mismo tiempo la necesidad de examinar la función de esos seminarios en el contexto de un programa de las Naciones Unidas para determinar el estatuto político de los territorios, Teniendo presente también que, al organizar un seminario para la región del Caribe en Canouan (San Vicente y las Granadinas), del 17 al 19 de mayo de 2005, el Comité Especial pudo escuchar la opinión de los representantes de los territorios y los Estados Miembros, así como de las organizaciones y los expertos de la región5, a fin de examinar las condiciones políticas, económicas y sociales de los territorios, Consciente de la particular vulnerabilidad de los territorios a los desastres naturales y al deterioro del medio ambiente y, a ese respecto, teniendo presente la aplicabilidad a esos territorios de los programas de acción de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo6, la Conferencia Mundial sobre la Reducción de los Desastres Naturales7, la Conferencia Mundial sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo8, la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo9, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II)10, la Cumbre _______________ 5 Ibíd., sexagésimo período de sesiones, Suplemento No. 23 (A/60/23), cap. II, anexo. Véase Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y correcciones), vol. I: Resoluciones aprobadas por la Conferencia. 7 Véase A/CONF.172/9, cap. I. 8 Véase Informe de la Conferencia Mundial sobre el desarrollo sostenible de los pequeños Estados insulares en desarrollo, Bridgetown (Barbados), 25 de abril a 6 de mayo de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.94.I.18 y correcciones), cap. I. 9 Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo. 10 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II), Estambul, 3 a 14 de junio de 1996 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.IV.6), cap. I, resolución 1, anexo II. 6 3

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