A/RES/59/190 8. Subraya, en este contexto, que sigue siendo necesario contar con información imparcial y objetiva sobre las condiciones y los acontecimientos políticos, económicos y sociales de todos los países; Invita a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de adoptar, 9. según proceda, en el marco de sus respectivos regímenes jurídicos y de conformidad con las obligaciones contraídas en virtud del derecho internacional, especialmente la Carta, y de los instrumentos internacionales de derechos humanos, las medidas que estimen oportunas para seguir avanzando en la cooperación internacional a fin de promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 10. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que tenga debidamente en cuenta la presente resolución y considere nuevas propuestas para fortalecer la acción de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante la promoción de la cooperación internacional y la importancia de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad; 11. Toma nota del informe del Secretario General 4 y le pide que invite a los Estados Miembros y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que presenten nuevas propuestas e ideas prácticas que contribuyan a fortalecer la acción de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante la promoción de la cooperación internacional basada en los principios de no selectividad, imparcialidad y objetividad, y que le presente un informe completo sobre la cuestión en su sexagésimo período de sesiones; 12. Decide examinar la cuestión en su sexagésimo primer período de sesiones, en relación con el tema “Cuestiones relativas a los derechos humanos”. 74° sesión plenaria 20 de diciembre de 2004 _______________ 4 A/59/327. 3

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