Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/51/6 Distr. general 12 de octubre de 2022 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 51er período de sesiones 12 de septiembre a 7 de octubre de 2022 Tema 3 de la agenda Promoción y protección de todos los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 6 de octubre de 2022 51/6. Objeción de conciencia al servicio militar El Consejo de Derechos Humanos, Teniendo presente que toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, Reafirmando que en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se reconoce que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona, a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y a no ser objeto de discriminación, Recordando todas las anteriores resoluciones y decisiones en la materia, incluidas las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 20/2, de 5 de julio de 2012, 24/17, de 27 de septiembre de 2013, y 36/18, de 29 de septiembre de 2017, y las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos 1998/77, de 22 de abril de 1998, y 2004/35, de 19 de abril de 2004, en las que la Comisión reconocía el derecho de toda persona a la objeción de conciencia al servicio militar como forma legítima de ejercer el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, según lo establecido en el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la observación general núm. 22 (1993) del Comité de Derechos Humanos, relativa al derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, 1. Toma nota del informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre los enfoques y problemas en materia de procedimientos de solicitud para obtener la condición de objetor de conciencia al servicio militar de conformidad con las normas de derechos humanos, presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 41er período de sesiones, en cumplimiento de la resolución 36/181, y del informe analítico sobre la objeción de conciencia al servicio militar, presentado por la Oficina del Alto Comisionado al Consejo en su 50º período de sesiones, en cumplimiento de la resolución 20/22; 1 2 A/HRC/41/23. A/HRC/50/43. GE.22-16493 (S) 171022 241022

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