A/HRC/RES/46/23
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
30 de marzo de 2021
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
46º período de sesiones
22 de febrero a 24 de marzo de 2021
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que requieren
la atención del Consejo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 24 de marzo de 2021
46/23.
Situación de los derechos humanos en Sudán del Sur
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Carta
Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y los tratados pertinentes de derechos
humanos,
Reafirmando que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en la
Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 34/25, de 24 de
marzo de 2017, 37/31, de 23 de marzo de 2018, 40/19, de 22 de marzo de 2019, y 43/27,
de 22 de junio de 2020, el 26º período extraordinario de sesiones del Consejo, incluida su
resolución S-26/1, de 14 de diciembre de 2016, y su resolución 31/20, de 23 de marzo
de 2016, en la que el Consejo estableció la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán
del Sur, y todas las demás resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos y del
Consejo de Seguridad, así como las declaraciones de la Presidencia, sobre Sudán del Sur,
Haciendo notar todas las decisiones y comunicados en la materia de la Unión Africana
y de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo, así como los comunicados del
Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 14 de noviembre de 2019 y 27 de enero
de 2020, en los que el Consejo de Paz y Seguridad, entre otras cosas, reiteró la solicitud que
había dirigido al Gobierno de Sudán del Sur y a la Comisión de la Unión Africana para que
aceleraran el establecimiento de todos los mecanismos de justicia de transición previstos en
el Acuerdo Revitalizado para la Solución del Conflicto en la República de Sudán del Sur, en
particular el tribunal híbrido para Sudán del Sur, la comisión de la verdad, la reconciliación
y la regeneración y la autoridad de indemnizaciones y reparaciones,
Poniendo de relieve que los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover
y proteger los derechos humanos, y recordando que el Gobierno de Sudán del Sur tiene la
responsabilidad de proteger a su población frente al genocidio, los crímenes de guerra, la
depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad,
GE.21-04205 (S)
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