A/RES/56/267
prevenir y detectar las faltas de conducta de oficiales de policía y otros funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley que tengan como motivo el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, hagan valer la
responsabilidad por esas faltas de conducta y sometan a la justicia a sus autores;
21. Insta también a los Estados a que formulen, apliquen y hagan cumplir
medidas eficaces para eliminar el fenómeno conocido comúnmente como “perfiles
raciales”, que consiste en la práctica de los agentes de policía y otros funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley de basarse, en uno u otro grado, en la raza, el
color, la ascendencia o el origen nacional o étnico como motivo para someter a
alguien a actividades de investigación o para determinar si realiza actividades
delictivas;
22. Reconoce que los miembros de algunos grupos con una identidad cultural
propia se enfrentan a obstáculos atribuibles a un complejo conjunto de factores
étnicos, religiosos o de otra índole, así como a sus tradiciones y costumbres, e insta
a los Estados a que se aseguren de que las medidas, normas y programas destinados
a erradicar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de
intolerancia tengan en cuenta los obstáculos que crea este conjunto de factores;
23. Exhorta a los Estados a que adopten todas las medidas necesarias para
superar las formas persistentes de racismo, discriminación racial, xenofobia e
intolerancia conexa basadas en el origen o la identidad autóctonos;
24. Expresa profunda preocupación por las manifestaciones actuales de
racismo, discriminación racial, xenofobia y las formas conexas de intolerancia,
incluida la violencia, contra los romaníes, gitanos, sintis y nómadas e insta a los
Estados a que elaboren una política eficaz y sus correspondientes mecanismos de
aplicación para que logren una plena igualdad;
25. Alienta a todos los Estados a que incluyan en sus programas de
enseñanza y sus programas sociales, a todos los niveles y según corresponda, el
conocimiento, la tolerancia y el respeto de las culturas, los pueblos y los países
extranjeros;
26. Reconoce que las diferentes manifestaciones de racismo, discriminación
racial y xenofobia en diversas partes del mundo hacen necesario que los órganos
competentes del mecanismo de derechos humanos de las Naciones Unidas adopten
un planteamiento más integrado y eficaz;
27. Alienta a los gobiernos a que tomen medidas adecuadas para erradicar
todas las formas de racismo, discriminación racial, xenofobia y las formas conexas
de intolerancia;
28. Destaca la necesidad de concebir, promover y aplicar, en los planos
nacional, regional e internacional, estrategias, programas y normas, así como
legislación adecuada, lo cual puede incluir medidas especiales y positivas, para
promover un desarrollo social equitativo y la realización de los derechos civiles y
políticos, económicos, sociales y culturales de todas las víctimas del racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, particularmente
dándoles un acceso más efectivo a las instituciones políticas, judiciales y
administrativas, y destaca también la necesidad de garantizar que los beneficios del
desarrollo, la ciencia y la tecnología contribuyan efectivamente a mejorar la calidad
de vida de todos, sin discriminación;
29. Insta a los Estados a que adopten las medidas necesarias, conforme a la
legislación nacional, para que las víctimas tengan derecho a obtener una reparación
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