A/RES/56/267
o satisfacción justa y adecuada respecto de los actos de racismo, discriminación
racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y a que adopten medidas
efectivas para impedir la repetición de esos actos;
30. Insta también a los Estados a que estudien y revisen, de ser necesario,
sus leyes, normas y prácticas de inmigración a fin de que no incurran en
discriminación racial y sean compatibles con las obligaciones que les incumben en
virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos;
31. Exhorta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales a
que, con la asistencia de organizaciones no gubernamentales, cuando corresponda,
sigan proporcionando al Relator Especial información en la materia para que pueda
cumplir su mandato;
32. Reconoce la importancia de las instituciones nacionales independientes
de derechos humanos que se ajustan a los principios relativos al estatuto de las
instituciones nacionales para la promoción y protección de los derechos humanos,
que figuran en el anexo de la resolución 48/134 de la Asamblea General, de 20 de
diciembre de 1993, y la de otras instituciones especializadas en la materia y creadas
por ley para la promoción y protección de los derechos humanos, incluidas las de
ombudsman, en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y
las formas conexas de intolerancia, así como para la promoción de los valores
democráticos y el imperio de la ley; alienta a los Estados a que, según proceda,
establezcan instituciones de esa índole e insta a las autoridades y a la sociedad en
general de los países en que están desempeñando sus funciones de promoción,
protección y prevención a que cooperen en la mayor medida posible con esas
instituciones, respetando al mismo tiempo su independencia;
33. Condena enérgicamente el hecho de que subsistan aún en ciertas partes
del mundo la esclavitud y las prácticas similares a la esclavitud e insta a los Estados
a que, como cuestión prioritaria, adopten de inmediato medidas para poner fin a esas
prácticas, que constituyen una vulneración patente de los derechos humanos;
34. Encomia a las organizaciones no gubernamentales por las actividades que
han realizado contra el racismo y la discriminación racial, así como por su constante
apoyo y asistencia a las víctimas del racismo y la discriminación racial;
35. Insta a todos los gobiernos a que cooperen plenamente con el Relator
Especial para que pueda cumplir su mandato, incluido el examen de los incidentes
de formas contemporáneas de racismo y discriminación racial, contra africanos y
descendientes de africanos, entre otros, y de xenofobia, negrofobia, islamofobia,
antisemitismo e intolerancia conexa;
36. Pide al Secretario General que proporcione al
asistencia financiera y humana necesaria para que pueda
eficiencia, eficacia y prontitud y para que pueda presentar
la Asamblea General en su quincuagésimo séptimo período
Relator Especial toda la
cumplir su mandato con
un informe provisional a
de sesiones;
37. Decide seguir examinando la cuestión en su quincuagésimo séptimo
período de sesiones, en relación con el tema del programa titulado “Eliminación del
racismo y la discriminación racial”.
97ª sesión plenaria
27 de marzo de 2002
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