A/HRC/RES/54/7
3.
Decide que la quinta etapa del Programa Mundial seguirá centrándose en los
jóvenes, al tiempo que se amplía para incluir a los niños como sectores prioritarios, haciendo
especial hincapié en los derechos humanos y las tecnologías digitales, el medio ambiente y
el cambio climático y la igualdad de género, y que estará en consonancia con la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible y, en particular, con la meta 4.7 de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible, teniendo en cuenta las sinergias entre los diferentes conceptos y métodos
educativos allí mencionados;
4.
Exhorta a los Estados y, en su caso, a las autoridades gubernamentales
competentes y a otros interesados a que intensifiquen los esfuerzos destinados a aplicar y
divulgar la Declaración de las Naciones Unidas sobre Educación y Formación en materia de
Derechos Humanos y a fomentar su respeto y comprensión universales;
5.
Alienta a los Estados a que elaboren, según proceda, planes de acción
nacionales amplios y sostenibles en materia de educación y formación en derechos humanos
y destinen recursos para su ejecución;
6.
Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos que prepare, con los recursos disponibles y teniendo en cuenta el informe
del Alto Comisionado y las consultas pertinentes que se celebren en el futuro, un plan de
acción para la quinta etapa del Programa Mundial (2025-2029), en consulta con los Estados,
las organizaciones intergubernamentales pertinentes, en particular la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, las instituciones nacionales de
derechos humanos y la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, y
que presente dicho plan de acción al Consejo de Derechos Humanos para que este lo examine
en su 57º período de sesiones;
7.
Recomienda que el Secretario General procure que una porción suficiente de
la asistencia que las Naciones Unidas presten a los Estados Miembros que la soliciten para
desarrollar sus sistemas nacionales de promoción y protección de los derechos humanos esté
disponible para fomentar la educación y formación en materia de derechos humanos;
8.
Decide examinar esa cuestión en su 57º período de sesiones de conformidad
con su programa de trabajo.
46ª sesión
11 de octubre de 2023
[Aprobada sin votación.]
GE.23-19769
3