Mejoramiento de la situación de las mujeres
y las niñas en las zonas rurales
A/RES/74/126
compañeras, en pie de igualdad, de los hombres y los niños en todos los aspectos de
la vida, y obstaculizan también el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Expresando su profunda preocupación también porque las mujeres, a pesar de
que aportan más del 50 % de los alimentos producidos en todo el mundo, representan
el 70 % de las personas que padecen hambre en el mundo, y porque las mujeres y las
niñas se ven afectadas de manera desproporcionada por el hambre, la inseguridad
alimentaria y la pobreza, en parte debido a la desigualdad de género y la
discriminación,
Expresando preocupación porque muchas mujeres rurales siguen estando
desfavorecidas económica y socialmente debido a su limitado acceso a oportunidades
y recursos económicos y a su limitado o nulo acceso a educación de calidad, servicios
de salud, justicia, tierra, infraestructura y tecnología sostenibles que ahorren tiempo
y trabajo, agua y saneamiento y otros recursos, así como a crédit o, servicios de
extensión e insumos agrícolas, y expresando preocupación también por su exclusión
de los procesos de planificación y adopción de decisiones y por la parte,
desproporcionada, de trabajo doméstico y de cuidados no remunerado que soportan,
Poniendo de relieve que la pobreza de las mujeres rurales está directamente
relacionada con la ausencia de autonomía y oportunidades económicas y con su falta
de acceso a recursos económicos y productivos, educación de calidad y servicios de
apoyo y de participación en los procesos de adopción de decisiones, y reconociendo
que la pobreza y la falta de empoderamiento de las mujeres rurales, así como su
exclusión de las políticas sociales y económicas, pueden exponerlas a un mayor riesgo
de violencia, lo que a su vez puede impedir su desarrollo social y económico, así
como el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
Reconociendo que, pese a los avances realizados en la provisión de acceso a una
educación de calidad, las niñas rurales siguen teniendo más posibilidades de quedar
excluidas de la educación que los niños rurales y que entre los obstáculos específicos
en cuanto al género que impiden que las niñas disfruten de su derecho a la educación
en pie de igualdad se encuentran la feminización de la pobr eza, el trabajo infantil que
realizan las niñas, el matrimonio infantil, precoz y forzado, la mutilación genital
femenina, los embarazos precoces y repetidos, todas las formas de violencia,
incluidos la violencia, los abusos y el acoso por razón de género de camino a la
escuela —en su entorno mediado por la tecnología—, en ella o de regreso a casa, la
falta de instalaciones de saneamiento seguras y adecuadas, entre otras cosas para la
gestión de la higiene menstrual, la carga, desproporcionada, del trabajo doméstico y
de cuidados no remunerado que realizan las niñas, y los estereotipos de género y las
normas sociales negativas que hacen que las familias y las comunidades valoren
menos la educación de las niñas que la de los niños y pueden llegar a influir en la
decisión de los progenitores de permitir que las niñas asistan a la escuela,
Reconociendo también las Directrices Voluntarias sobre la Gobernanza
Responsable de la Tenencia de la Tierra, la Pesca y los Bosques en el Contexto de la
Seguridad Alimentaria Nacional 13 y los Principios para la Inversión Responsable en
la Agricultura y los Sistemas Alimentarios 14, aprobados por el Comité de Seguridad
Alimentaria Mundial, en los que se adopta la igualdad de género como uno de los
principales principios rectores de la aplicación para contribuir a eliminar las
disparidades existentes en relación con el acceso a la tierra y a otros recursos naturales
y el control sobre ellos,
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19-22221
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, documento CL 144/9
(C 2013/20), apéndice D.
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, documento C 2015/20,
apéndice D.
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