A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/50/217 29 de febrero de 1996 Quincuagésimo período de sesiones Tema 116 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/50/842)] 50/217. Gastos imprevistos y extraordinarios para el bienio 1996-1997 La Asamblea General 1. Autoriza al Secretario General a que, previo consentimiento de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto y con sujeción al Reglamento Financiero de las Naciones Unidas y a lo dispuesto en el párrafo 3 infra, contraiga en el bienio 1996-1997 compromisos para sufragar los gastos imprevistos y extraordinarios que se produzcan durante el bienio o después de él, en la inteligencia de que no será necesario el consentimiento de la Comisión Consultiva para: a) Los compromisos de gastos que el Secretario General certifique que están relacionados con el mantenimiento de la paz y la seguridad, siempre que no excedan de un total de 5 millones de dólares de los Estados Unidos para cada año del bienio 1996-1997; b) Los compromisos que el Presidente de la Corte Internacional de Justicia certifique que están relacionados con los gastos ocasionados por: i) La designación de magistrados ad hoc (Artículo 31 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia), siempre que los gastos no excedan de 300.000 dólares en total; ii) El llamamiento de testigos y la designación de peritos (Artículo 50 del Estatuto) y la designación de asesores (Artículo 30 del Estatuto), siempre que los gastos no excedan de 50.000 dólares en total; iii) El mantenimiento en sus cargos hasta la terminación de los casos de los magistrados que no hayan sido reelegidos (párrafo 3 del Artículo 96-77008 /...

Seleccionar párrafo de destino3