A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/217
29 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 116 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/50/842)]
50/217.
Gastos imprevistos y extraordinarios para
el bienio 1996-1997
La Asamblea General
1.
Autoriza al Secretario General a que, previo consentimiento de la
Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto y con sujeción
al Reglamento Financiero de las Naciones Unidas y a lo dispuesto en el párrafo
3 infra, contraiga en el bienio 1996-1997 compromisos para sufragar los gastos
imprevistos y extraordinarios que se produzcan durante el bienio o después de
él, en la inteligencia de que no será necesario el consentimiento de la
Comisión Consultiva para:
a)
Los compromisos de gastos que el Secretario General certifique que
están relacionados con el mantenimiento de la paz y la seguridad, siempre que
no excedan de un total de 5 millones de dólares de los Estados Unidos para
cada año del bienio 1996-1997;
b)
Los compromisos que el Presidente de la Corte Internacional de
Justicia certifique que están relacionados con los gastos ocasionados por:
i)
La designación de magistrados ad hoc (Artículo 31 del Estatuto de la
Corte Internacional de Justicia), siempre que los gastos no excedan
de 300.000 dólares en total;
ii)
El llamamiento de testigos y la designación de peritos (Artículo 50
del Estatuto) y la designación de asesores (Artículo 30 del
Estatuto), siempre que los gastos no excedan de 50.000 dólares en
total;
iii)
El mantenimiento en sus cargos hasta la terminación de los casos de
los magistrados que no hayan sido reelegidos (párrafo 3 del Artículo
96-77008
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