Naciones Unidas Asamblea General A/HRC/RES/37/27 Distr. general 13 de abril de 2018 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 37º período de sesiones 26 de febrero a 23 de marzo de 2018 Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 23 de marzo de 2018 37/27. El terrorismo y los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes, Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos y el terrorismo, las más recientes de las cuales son las resoluciones de la Asamblea General 72/180, de 19 de diciembre de 2017, y 72/246, de 24 de diciembre de 2017, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 34/8, de 23 de marzo de 2017, y 35/34, de 23 de junio de 2017, Poniendo de relieve que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados, Reafirmando la obligación de los Estados de respetar todos los derechos humanos y las libertades fundamentales y la importancia fundamental de respetar el estado de derecho, Reafirmando también su condena inequívoca de todos los actos, métodos y prácticas del terrorismo y del extremismo violento que conduce al terrorismo, en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera que tengan lugar y por quienquiera que sean cometidos, independientemente de su motivación, y del apoyo financiero, material o político del terrorismo, por ser injustificables con arreglo al derecho internacional aplicable, Reconociendo que el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo tienen efectos perjudiciales para el pleno disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, impiden disfrutar plenamente de los derechos políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, y representan una amenaza para la integridad territorial y la seguridad de los Estados, la estabilidad de los Gobiernos, el estado de derecho y la democracia y, en última instancia, para el funcionamiento de las sociedades y la paz y la seguridad internacionales, Poniendo de relieve que el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo no pueden ni deben asociarse con ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico y que la tolerancia, el pluralismo, la inclusión y el respeto por la diversidad, el diálogo entre las civilizaciones y la mejora de la comprensión entre las religiones y las GE.18-05891 (S) 070518  070518

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