A/HRC/RES/48/16 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 13 de octubre de 2021 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 48º período de sesiones 13 de septiembre a 11 de octubre de 2021 Tema 4 de la agenda Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 8 de octubre de 2021 48/16. Situación de los derechos humanos en Burundi El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y otros instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos, Recordando también todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Derechos Humanos, la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, Recordando además el informe del Secretario General sobre la misión de evaluación estratégica acerca de la labor de las Naciones Unidas en Burundi1, en particular su llamamiento dirigido al Gobierno para que colabore con las Naciones Unidas para mantener los logros ya alcanzados y promover la reconciliación nacional, la consolidación de la paz, la cohesión social, el desarrollo socioeconómico, las prioridades humanitarias y el respeto de los derechos humanos y el estado de derecho, Recordando la declaración emitida por la Presidencia del Consejo de Seguridad el 4 de diciembre de 20202 y tomando en consideración las observaciones y recomendaciones que figuran en ella, Observando que, a petición de las autoridades de Burundi, la Oficina del Enviado Especial del Secretario General para Burundi se cerró el 31 de mayo de 2021 y sus responsabilidades se transfirieron al equipo de las Naciones Unidas en Burundi, Reafirmando el pleno respeto de la soberanía, la independencia política, la integridad territorial y la unidad nacional de Burundi, Reafirmando también que los Estados tienen la obligación de respetar, proteger y hacer efectivos todos los derechos humanos y libertades fundamentales, 1 2 S/2020/1078, anexo. S/PRST/2020/12. GE.21-14695 (S) 181021 191021

Seleccionar párrafo de destino3