A/RES/52/146
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9. Acoge con beneplácito la labor de la Operación de Derechos Humanos en Rwanda, cuyos
objetivos se describieron en la resolución 50/200 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995,
y en el acuerdo firmado por el Gobierno de Rwanda y la Operación;
10. Condena en los términos más enérgicos todos los actos de violencia o intimidación contra el
personal de las Naciones Unidas u otro personal internacional que presta servicios en Rwanda y rinde
tributo a la memoria de quienes han sido asesinados;
11. Alienta la cooperación constante entre la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, el Representante Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación
de los derechos humanos en Rwanda, la Operación de Derechos Humanos en Rwanda y el Gobierno de
Rwanda;
12. Exhorta a todos los Estados a que aporten contribuciones con carácter urgente para sufragar los
gastos de la Operación de Derechos Humanos en Rwanda y a que procuren encontrar soluciones duraderas
a sus problemas financieros, incluso en el marco del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas;
13. Pide a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que presente
a la Comisión de Derechos Humanos, en su 54º período de sesiones, y a la Asamblea General, en su
quincuagésimo tercer período de sesiones, informes sobre las actividades y conclusiones de la Operación
de Derechos Humanos en Rwanda.
70a. sesión plenaria
12 de diciembre de 1997