Naciones Unidas Asamblea General A/RES/65/165 Distr. general 15 de marzo de 2011 Sexagésimo quinto período de sesiones Tema 21 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2010 [sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/65/437)] 65/165. Aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II) y fortalecimiento del Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat) La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 3327 (XXIX), de 16 de diciembre de 1974, 32/162, de 19 de diciembre de 1977, 34/115, de 14 de diciembre de 1979, 56/205 y 56/206, de 21 de diciembre de 2001, 57/275, de 20 de diciembre de 2002, 58/226 y 58/227, de 23 de diciembre de 2003, 59/239, de 22 de diciembre de 2004, 60/203, de 22 de diciembre de 2005, 61/206, de 20 de diciembre de 2006, 62/198, de 19 de diciembre de 2007, 63/221, de 19 de diciembre de 2008, y 64/207, de 21 de diciembre de 2009, Recordando también las resoluciones del Consejo Económico y Social 2002/38, de 26 de julio de 2002, y 2003/62, de 25 de julio de 2003, y las decisiones del Consejo 2004/300, de 23 de julio de 2004, 2005/298, de 26 de julio de 2005, 2006/247, de 27 de julio de 2006, 2007/249, de 26 de julio de 2007, 2008/239, de 23 de julio de 2008, 2009/238, de 29 de julio de 2009, y 2010/236, de 21 de julio de 2010, Recordando además el objetivo enunciado en la Declaración del Milenio de mejorar considerablemente la vida de por lo menos 100 millones de habitantes de barrios marginales para 2020 1, y el objetivo enunciado en el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (“Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo”) de reducir a la mitad, para 2015, el porcentaje de personas que carecen de acceso al agua potable y al saneamiento 2, _______________ 1 Véase la resolución 55/2. Véase Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. I, resolución 2, anexo. 2 10-52247 *1052247* Se ruega reciclar ♲

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