A/RES/50/58
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5.
Hace un llamamiento a todas las partes interesadas para que
continúen el diálogo y las negociaciones y pongan término a las hostilidades
para que se puedan restablecer la paz, el orden y la estabilidad y también se
faciliten las actividades de socorro;
6.
Destaca la importancia de garantizar el acceso, en condiciones de
seguridad, del personal que proporciona asistencia de socorro a todos los que
la necesitan;
7.
Insta a todas las partes interesadas a que sigan brindando toda la
asistencia que sea posible, y en particular a que faciliten el movimiento de
los suministros y el personal de socorro a fin de que la Operación
Supervivencia en el Sudán tenga el mayor éxito posible en todo el país;
8.
Destaca también que la Operación Supervivencia en el Sudán debe
llevarse a cabo con arreglo al principio de la soberanía nacional y en el
marco de la cooperación internacional conforme al derecho internacional
pertinente;
9.
Pide al Secretario General que siga movilizando y coordinando
recursos y apoyo para la Operación Supervivencia en el Sudán, evalúe la
situación de emergencia en el país y le presente un informe en su
quincuagésimo primer período de sesiones sobre el particular y también sobre
la recuperación y rehabilitación del país.
98a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1995
K
Asistencia especial de emergencia para la recuperación económica y la
reconstrucción de Burundi
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 48/17, de 3 de noviembre de 1993, 49/7, de
25 de octubre de 1994, y 49/21 C, de 2 de diciembre de 1994,
Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 11 de octubre
de 1995, 30/,
Considerando que Burundi afronta una crisis sociopolítica y de derechos
humanos desde octubre de 1993, cuyos efectos nefastos ponen en peligro la
economía nacional como lo demuestran la destrucción de la infraestructura
económica y social, la merma de la producción y el comercio y, en
consecuencia, la contracción pronunciada de las rentas fiscales,
Preocupada por la inestabilidad de la situación en algunas zonas y
reconociendo la necesidad de garantizar la seguridad del personal
30/
A/50/541 y Add.1.
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