Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica A/RES/70/178 Reiterando su preocupación por la situación financiera general de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito y acogiendo con beneplácito la prórroga del mandato del grupo de trabajo intergubernamental permanente de composición abierta sobre el mejoramiento de la gobernanza y la situación financiera de la Oficina, Recordando su resolución 69/147, de 18 de diciembre de 2014, y las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos relativas a diversos aspectos de la violencia contra las mujeres y las niñas de todas las edades, y recordando también las conclusiones convenidas en el 57º período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer relativas a la eliminación y prevención de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas 11, Reiterando su condena de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, expresando profunda preocupación por los asesinatos de mujeres y niñas por razones de género, recordando todas sus resoluciones pertinentes, en particular las resoluciones 68/191, de 18 de diciembre de 2013, y 70/176, de 17 de diciembre de 2015, relativas a la adopción de medidas contra el asesinato de mujeres y niñas por razones de género, y reconociendo el papel fundamental que cabe al sistema de justicia penal a la hora de prevenir esos asesinatos y responder a ellos, entre otros medios, poniendo fin a la impunidad por esos crímenes, Observando la importancia de las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de las Naciones Unidas para Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la Prevención del Delito y la Justicia Penal 12 como forma de ayudar a los países a reforzar su capacidad nacional en materia de prevención del delito y justicia penal a fin de responder a todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, Recordando su resolución 69/194, de 18 de diciembre de 2014, en la que aprobó las Estrategias y Medidas Prácticas Modelo de las Naciones Unidas para Eliminar la Violencia contra los Niños en el Ámbito de la Prevención del Delito y la Justicia Penal, convencida de la importancia de prevenir la delincuencia juvenil, apoyar la rehabilitación de los jóvenes infractores y su reinserción en la sociedad, proteger a los niños que son víctimas y testigos, en particular mediante iniciativas para prevenir su revictimización, y atender a las necesidades de los hijos de los reclusos, destacando que en dichas medidas deberían tenerse en cuenta los derechos humanos y el interés superior de los niños y los jóvenes, conforme a las obligaciones contraídas por los Estados partes en los instrumentos internacionales pertinentes, entre ellos la Convención sobre los Derechos del Niño 13 y sus Protocolos Facultativos 14, y observando otras reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de justicia de menores, Poniendo de relieve la pertinencia de los instrumentos internacionales y las reglas y normas de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal referentes al tratamiento de los reclusos, en particular las mujeres y los menores, _______________ 11 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2013, Suplemento núm. 7 (E/2013/27), cap. I, secc. A. 12 Resolución 69/194, anexo. 13 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1577, núm. 27531. 14 Ibid., vols. 2171 y 2173, núm. 27531; y resolución 66/138, anexo. 5/17

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