Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención
del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica
A/RES/70/178
Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional 18, y la entrada en vigor en 2014 del Tratado sobre el
Comercio de Armas 19,
Reafirmando la Declaración Política y el Plan de Acción sobre Cooperación
Internacional en favor de una Estrategia Integral y Equilib rada para Contrarrestar el
Problema Mundial de las Drogas 20, que aprobó en su sexagésimo cuarto período de
sesiones, y la declaración ministerial conjunta del examen de alto nivel de 2014 por
la Comisión de Estupefacientes sobre la aplicación por los Estado s Miembros de la
Declaración Política y el Plan de Acción 21,
Reafirmando también su resolución 67/193, de 20 de diciembre de 2012, en la
que decidió convocar a comienzos de 2016 un período extraordinario de sesiones de
la Asamblea General sobre el problema mundial de las drogas, y su decisión de
examinar, en dicho período extraordinario de sesiones, los progresos en la
aplicación de la Declaración Política y el Plan de Acción, incluida una evaluación de
los logros y los retos en la tarea de hacer frente al problema mundial de las drogas,
en el marco de los tres tratados de fiscalización internacional de las drogas y otros
instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas, y recordando sus resoluciones
69/200 y 69/201, de 18 de diciembre de 2014, y 70/181, de 17 de diciembre de
2015, relativa a las modalidades del período extraordinario de sesiones,
1.
Toma nota con aprecio del informe del Secretario General preparado de
conformidad con las resoluciones 64/293 y 69/195, 69/197 y 69/199, de 18 de
diciembre de 2014 22;
2.
Reafirma su resolución 70/1, titulada “Transformar nuestro mundo: la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, la cual, entre otras cosas, incluye la
determinación de promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo
sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles
instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas;
3.
Exhorta a los Estados Miembros, según proceda, a que tengan en cuenta
la Declaración de Doha sobre la Integración de la Prevención del Delito y la Justicia
Penal en el Marco Más Amplio del Programa de las Naciones Unidas para Abordar
los Problemas Sociales y Económicos y Promover el Estado de Derecho a Nivel
Nacional e Internacional y la Participación Pública, aprobada en el 13 er Congreso de
las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, celebrado en
Doha del 12 al 19 de abril de 2015 7, al formular leyes y directrices normativas y a
hacer todo lo posible, cuando proceda, para aplicar los principios allí enunciados de
conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas;
4.
Insta a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que
consideren la posibilidad de ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra
la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos 1, la Convención Única
de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972 2, el Convenio
sobre Sustancias Sicotrópicas, de 1971 3, la Convención de las Naciones Unidas
_______________
18
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2326, núm. 39574.
Véase la resolución 67/234 B.
20
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2009, Suplemento núm. 8 (E/2009/28),
cap. I, secc. C.
21
Ibid., 2014, Suplemento núm. 8 (E/2014/28), cap. I, secc. C.
22
A/70/99.
19
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