A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/49/241 28 de abril de 1995 Cuadragésimo noveno período de sesiones Tema 113 d) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/49/802/Add.2)] 49/241. Pago de la prima de repatriación a los funcionarios que viven en sus países de origen durante su permanencia en lugares de destino ubicados en otro país La Asamblea General, Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre el pago de la prima de repatriación a los funcionarios que viven en sus países de origen durante su permanencia en lugares de destino ubicados en otro país 1/, Recordando la sección II.D de su resolución 48/224, de 23 de diciembre de 1993, sobre el régimen común de las Naciones Unidas, en la cual solicitó a la Comisión de Administración Pública Internacional que siguiera estudiando las prácticas de las organizaciones del régimen común de las Naciones Unidas relativas a la concesión de subsidios de expatriación a los funcionarios que vivieran en sus países de origen durante su permanencia en lugares de destino ubicados en otro país, con miras a armonizar las prácticas de las organizaciones con las de las Naciones Unidas y le presentara recomendaciones al respecto en su quincuagésimo primer período de sesiones, Tomando nota de la decisión del Tribunal Administrativo de las Naciones Unidas en su Fallo No. 656, casos Kremer y Gourdon, 1. Reitera su decisión de que la prima de repatriación y otros subsidios de expatriación sólo se concedan a los funcionarios que trabajen y residan fuera de su país de origen; 2. Aprueba las enmiendas del Estatuto del Personal de las Naciones Unidas que figuran en el anexo de la presente resolución; ___________ 1/ 95-77272 A/C.5/49/59. /...

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