A/RES/58/160
Subrayando la importancia de eliminar con urgencia las tendencias
persistentes y violentas de racismo y discriminación racial, y consciente de que la
impunidad, en cualquiera de sus formas, de los delitos motivados por actitudes
racistas y xenófobas contribuye a socavar el Estado de derecho y la democracia,
tiende a favorecer la repetición de dichos delitos y requiere cooperación y una
acción resuelta para su erradicación,
Reconociendo que los Estados deben aplicar y hacer cumplir medidas
legislativas, judiciales, reglamentarias y administrativas adecuadas y eficaces de
prevención y protección contra los actos de racismo, discriminación racial,
xenofobia y formas conexas de intolerancia, y contribuir de ese modo a prevenir las
violaciones de los derechos humanos,
Poniendo de relieve que la pobreza, el subdesarrollo, la marginación, la
exclusión social y las disparidades económicas están estrechamente asociadas con el
racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia
y contribuyen a que persistan las actitudes y las prácticas racistas que, a su vez,
generan más pobreza,
Profundamente preocupada por el uso indebido, por quienes propugnan el
racismo y la discriminación racial, de las nuevas tecnologías de la comunicación, en
particular la Internet, para difundir sus opiniones repugnantes,
Observando que el uso de dichas tecnologías también puede contribuir a
luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas
de intolerancia,
Observando también la evolución que se ha producido en el marco de la
Comisión de Derechos Humanos gracias a la labor de sus grupos de trabajo entre
períodos de sesiones y otros mecanismos creados para aplicar eficazmente la
Declaración y el Programa de Acción de Durban, en particular la labor del grupo de
personas eminentes independientes, el Grupo de Trabajo de Expertos sobre las
personas de ascendencia africana y el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la
aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban,
Acogiendo con satisfacción todas las iniciativas regionales tomadas para
aplicar los compromisos de Durban y, en ese contexto, expresando su
reconocimiento a los Gobiernos de México, Kenya y la República Checa por acoger
los seminarios de expertos regionales para la aplicación de la Declaración y el
Programa de Acción de Durban en sus respectivas regiones, y alentando a otras
regiones a que tomen las medidas necesarias al respecto,
I
Principios generales básicos
1.
Reconoce que la prohibición de la discriminación racial, el genocidio, el
crimen de apartheid y la esclavitud, definidos en las obligaciones que imponen los
instrumentos de derechos humanos correspondientes, no admite excepción;
Observa con profunda preocupación y condena categóricamente todas
2.
las formas de racismo y discriminación racial, incluidos los actos conexos de
violencia por motivos raciales, xenofobia e intolerancia, así como las actividades de
propaganda y las organizaciones que traten de justificar o promover de cualquier
modo el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de
intolerancia;
3
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos