Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/61/13
Distr. general
8 de diciembre de 2006
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 108 g) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 13 de noviembre de 2006
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/61/L.14 y Add.1)]
61/13. Cooperación entre las Naciones Unidas y el
Consejo de Europa
La Asamblea General,
Recordando el Acuerdo firmado el 15 de diciembre de 1951 por el Consejo de
Europa y la Secretaría de las Naciones Unidas y el Acuerdo de Cooperación y
Enlace entre las secretarías de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa, de
19 de noviembre de 1971,
Recordando también el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005,
celebrada en Nueva York del 14 al 16 de septiembre de 2005, en particular la parte
referente a las organizaciones regionales 1, que constituye un incentivo para reforzar
los vínculos entre las Naciones Unidas y organizaciones regionales como el Consejo
de Europa,
Acogiendo favorablemente los resultados de la Tercera Cumbre del Consejo de
Europa, celebrada en Varsovia los días 16 y 17 de mayo de 2005, y que, en esa
ocasión, los Jefes de Estado y de Gobierno alentaran la cooperación con las
Naciones Unidas y los organismos especializados y se comprometieran a lograr los
objetivos de desarrollo del Milenio en Europa, incluido el desarrollo ambiental,
Celebrando las relaciones cada vez más estrechas entre las Naciones Unidas y
el Consejo de Europa,
Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General sobre la
cooperación entre las Naciones Unidas y el Consejo de Europa 2,
1.
Considera que hay que reforzar la cooperación con el Consejo de Europa
en la protección de los derechos humanos, la lucha contra el racismo, la
discriminación, la xenofobia y la intolerancia, la protección de los derechos de las
personas pertenecientes a minorías, la prevención de la tortura y otros tratos o penas
inhumanos o degradantes, la lucha contra la trata de personas y la violencia contra la
mujer, así como la protección y la promoción de los derechos del niño;
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1
2
06-49524
Resolución 60/1, párr. 170.
A/61/256, primera parte, secc. VI.