A/RES/62/199
Naciones Unidas
Distr. general
29 de febrero de 2008
Asamblea General
Sexagésimo segundo período de sesiones
Tema 56 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2007
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/62/421/Add.1)]
62/199. Papel de las Naciones Unidas en la promoción del
desarrollo en el contexto de la globalización y
la interdependencia
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 53/169, de 15 de diciembre de 1998, 54/231, de
22 de diciembre de 1999, 55/212, de 20 de diciembre de 2000, 56/209, de 21 de
diciembre de 2001, 57/274, de 20 de diciembre de 2002, 58/225, de 23 de diciembre
de 2003, 59/240, de 22 de diciembre de 2004, 60/204, de 22 de diciembre de 2005, y
61/207, de 20 de diciembre de 2006, relativas al papel de las Naciones Unidas en la
promoción del desarrollo en el contexto de la globalización y la interdependencia,
Recordando también su resolución 57/270 B, de 23 de junio de 2003, sobre la
aplicación y el seguimiento integrados y coordinados de las decisiones adoptadas en
las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica
y social,
Recordando además el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 1 y todas
sus resoluciones pertinentes, en particular aquellas que se basan en ese documento,
en las esferas económica y social y esferas conexas, sobre todo su resolución
60/265, de 30 de junio de 2006, sobre el seguimiento de los resultados de la Cumbre
Mundial 2005 en materia de desarrollo, incluidos los objetivos de desarrollo del
Milenio y los otros objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente,
0F
Poniendo de relieve la necesidad de llevar plenamente a la práctica la alianza
mundial para el desarrollo e intensificar el impulso generado por la Cumbre
Mundial 2005 para poner en marcha y aplicar los compromisos formulados en los
documentos de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, en
particular la Cumbre Mundial 2005, en las esferas económica y social y esferas
conexas,
Reafirmando que el desarrollo es un objetivo esencial en sí mismo y que el
desarrollo sostenible en sus aspectos económico, social y ambiental es un elemento
fundamental del marco general de las actividades de las Naciones Unidas,
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07-47574
Véase la resolución 60/1.