A/RES/57/192
6.
Acoge con satisfacción la resolución 2002/28 del Consejo Económico y
Social, de 25 de julio de 2002, acerca del Foro Permanente para las Cuestiones
Indígenas;
7.
Alienta a los gobiernos a que apoyen el Decenio:
a)
Preparando, en consulta con las poblaciones indígenas, programas,
planes e informes relativos al Decenio;
b)
Buscando, en consulta con las poblaciones indígenas, medios de darles
más responsabilidad en sus propios asuntos y una voz efectiva en la adopción de
decisiones sobre cuestiones que les afectan;
c)
Estableciendo comités u otros mecanismos nacionales en los que
participen las poblaciones indígenas para que los objetivos y las actividades del
Decenio se planifiquen y ejecuten sobre la base de una plena colaboración con ellas;
d)
Haciendo aportaciones al Fondo de contribuciones voluntarias de las
Naciones Unidas para el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;
e)
Haciendo aportaciones, junto con otros donantes, al Fondo de
contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para las poblaciones indígenas,
con objeto de facilitar la participación de representantes de esas poblaciones en el
Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, en el Grupo de Trabajo sobre
Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos, y en el grupo de trabajo de composición abierta entre períodos
de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un
proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas;
f)
Considerando la posibilidad de contribuir, según proceda, al Fondo para
el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe, en apoyo
de la consecución de los objetivos del Decenio;
g)
Identificando recursos para actividades encaminadas a alcanzar los
objetivos del Decenio, en colaboración con las poblaciones indígenas y
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales;
8.
Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas
operacionales y a los organismos especializados y secretarías de las Naciones
Unidas, así como a otras organizaciones regionales e internacionales, a que, de
conformidad con los procedimientos vigentes en sus órganos rectores:
a)
Asignen más prioridad y recursos, en sus ámbitos de competencia, a
mejorar la situación de las poblaciones indígenas, teniendo especialmente en cuenta
las necesidades de esas poblaciones en los países en desarrollo, entre otras cosas,
mediante la preparación de programas de acción concretos con miras a lograr los
objetivos del Decenio;
b)
Emprendan proyectos especiales, por los conductos apropiados y en
colaboración con las poblaciones indígenas, para afianzar las iniciativas procedentes
de las comunidades y para facilitar el intercambio de información y conocimientos
técnicos entre indígenas y otros expertos competentes;
c)
Designen encargados de coordinar con la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos las actividades relacionadas con
el Decenio;
y felicita a las instituciones, programas, organismos y organizaciones regionales e
internacionales que ya lo hayan hecho;
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