A/RES/57/192 6. Acoge con satisfacción la resolución 2002/28 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 2002, acerca del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas; 7. Alienta a los gobiernos a que apoyen el Decenio: a) Preparando, en consulta con las poblaciones indígenas, programas, planes e informes relativos al Decenio; b) Buscando, en consulta con las poblaciones indígenas, medios de darles más responsabilidad en sus propios asuntos y una voz efectiva en la adopción de decisiones sobre cuestiones que les afectan; c) Estableciendo comités u otros mecanismos nacionales en los que participen las poblaciones indígenas para que los objetivos y las actividades del Decenio se planifiquen y ejecuten sobre la base de una plena colaboración con ellas; d) Haciendo aportaciones al Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo; e) Haciendo aportaciones, junto con otros donantes, al Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para las poblaciones indígenas, con objeto de facilitar la participación de representantes de esas poblaciones en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, en el Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, y en el grupo de trabajo de composición abierta entre períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas; f) Considerando la posibilidad de contribuir, según proceda, al Fondo para el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe, en apoyo de la consecución de los objetivos del Decenio; g) Identificando recursos para actividades encaminadas a alcanzar los objetivos del Decenio, en colaboración con las poblaciones indígenas y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales; 8. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas operacionales y a los organismos especializados y secretarías de las Naciones Unidas, así como a otras organizaciones regionales e internacionales, a que, de conformidad con los procedimientos vigentes en sus órganos rectores: a) Asignen más prioridad y recursos, en sus ámbitos de competencia, a mejorar la situación de las poblaciones indígenas, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de esas poblaciones en los países en desarrollo, entre otras cosas, mediante la preparación de programas de acción concretos con miras a lograr los objetivos del Decenio; b) Emprendan proyectos especiales, por los conductos apropiados y en colaboración con las poblaciones indígenas, para afianzar las iniciativas procedentes de las comunidades y para facilitar el intercambio de información y conocimientos técnicos entre indígenas y otros expertos competentes; c) Designen encargados de coordinar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos las actividades relacionadas con el Decenio; y felicita a las instituciones, programas, organismos y organizaciones regionales e internacionales que ya lo hayan hecho; 3

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