Las mujeres en el desarrollo A/RES/74/235 seguimiento e informen sobre las asignaciones de recursos para la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas; 57. Insta a la comunidad de donantes, los Estados Miembros, las organizaciones internacionales, incluidas las Naciones Unidas, el sector privado, las organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y otras partes interesadas a que hagan más específica y eficaz la asistencia para el desarrollo y la orienten hacia la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas incorporando la perspectiva de género y financiando actividades concretas y mejorando el diálogo entre donantes y asociados, y también a que fortalezcan los mecanismos necesarios para medir con eficacia los recursos asignados a la incorporación de la perspectiva de género en todas las esferas de la asistencia para el desarrollo; 58. Reconoce la necesidad de fortalecer la capacidad de los Gobiernos de incorporar la perspectiva de género en las políticas y la adopción de decisiones, y alienta a todos los Gobiernos, las organizaciones internacionales, incluida s las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y demás partes interesadas pertinentes a que presten apoyo y asistencia a las iniciativas de los países en desarrollo para integrar la perspectiva de género en todos los aspectos de la formulación de políticas, entre otras cosas mediante la prestación de asistencia técnica y el suministro de recursos financieros; 59. Alienta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas, al sector privado y a la sociedad civil a que continúen aport ando los recursos financieros necesarios para ayudar a los Gobiernos en sus esfuerzos por alcanzar los objetivos y parámetros de desarrollo convenidos en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Conferenci a Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Cumbre del Milenio, la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, los períodos extraordinarios de sesiones vigésimo tercero y vigésimo cuarto de la Asamblea General, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobación de la agenda para el desarrollo después de 2015, que aprobó el documento final titulado “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible ” 16, y otras conferencias y cumbres pertinentes de las Naciones Unidas; 60. Insta a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales a que aceleren sus esfuerzos y proporcionen recursos suficientes para dar mayor voz a las mujeres y lograr su participación plena, en condiciones de igualdad y efectiva en todos los órganos encargados de adoptar decisiones en los niveles más altos de gobierno y en las estructuras de gobernanza de las organizaciones internacionales, incluso mediante la eliminación de los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos, incrementar su capacidad como agentes del cambio y empoderarlas para que participen activa y efectivamente en la formulación, aplicación, supervisión, evaluación y presentación de informes sobre políticas, estrategias y programas nacionales de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza y protección del medio ambiente; 61. Insta a los donantes multilaterales, e invita a las instituciones financieras internacionales, en el marco de sus respectivos mandatos, así como a los bancos regionales de desarrollo, a que examinen y apliquen políticas de apoyo a las actividades nacionales destinadas a aumentar la proporción de recursos a disposición de las mujeres y las niñas, en particular las que viven en zonas rurales y apar tadas; 19-22508 17/18

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