Las mujeres en el desarrollo
A/RES/74/235
seguimiento e informen sobre las asignaciones de recursos para la igualdad de género
y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas;
57. Insta a la comunidad de donantes, los Estados Miembros, las
organizaciones internacionales, incluidas las Naciones Unidas, el sector privado, las
organizaciones no gubernamentales, los sindicatos y otras partes interesadas a que
hagan más específica y eficaz la asistencia para el desarrollo y la orienten hacia la
igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas incorporando la
perspectiva de género y financiando actividades concretas y mejorando el diálogo
entre donantes y asociados, y también a que fortalezcan los mecanismos necesarios
para medir con eficacia los recursos asignados a la incorporación de la perspectiva de
género en todas las esferas de la asistencia para el desarrollo;
58. Reconoce la necesidad de fortalecer la capacidad de los Gobiernos de
incorporar la perspectiva de género en las políticas y la adopción de decisiones, y
alienta a todos los Gobiernos, las organizaciones internacionales, incluida s las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y demás partes interesadas
pertinentes a que presten apoyo y asistencia a las iniciativas de los países en desarrollo
para integrar la perspectiva de género en todos los aspectos de la formulación de
políticas, entre otras cosas mediante la prestación de asistencia técnica y el suministro
de recursos financieros;
59. Alienta a la comunidad internacional, al sistema de las Naciones Unidas,
al sector privado y a la sociedad civil a que continúen aport ando los recursos
financieros necesarios para ayudar a los Gobiernos en sus esfuerzos por alcanzar los
objetivos y parámetros de desarrollo convenidos en la Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, la Conferenci a
Internacional sobre la Población y el Desarrollo, la Cumbre del Milenio, la
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la Cumbre
Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, la Segunda Asamblea Mundial sobre el
Envejecimiento, los períodos extraordinarios de sesiones vigésimo tercero y vigésimo
cuarto de la Asamblea General, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Desarrollo Sostenible, la cumbre de las Naciones Unidas para la aprobación de la
agenda para el desarrollo después de 2015, que aprobó el documento final titulado
“Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible ” 16, y otras
conferencias y cumbres pertinentes de las Naciones Unidas;
60. Insta a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las
Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales a que aceleren sus
esfuerzos y proporcionen recursos suficientes para dar mayor voz a las mujeres y
lograr su participación plena, en condiciones de igualdad y efectiva en todos los
órganos encargados de adoptar decisiones en los niveles más altos de gobierno y en
las estructuras de gobernanza de las organizaciones internacionales, incluso mediante
la eliminación de los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos,
incrementar su capacidad como agentes del cambio y empoderarlas para que
participen activa y efectivamente en la formulación, aplicación, supervisión,
evaluación y presentación de informes sobre políticas, estrategias y programas
nacionales de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza y protección del medio
ambiente;
61. Insta a los donantes multilaterales, e invita a las instituciones financieras
internacionales, en el marco de sus respectivos mandatos, así como a los bancos
regionales de desarrollo, a que examinen y apliquen políticas de apoyo a las
actividades nacionales destinadas a aumentar la proporción de recursos a disposición
de las mujeres y las niñas, en particular las que viven en zonas rurales y apar tadas;
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