A/RES/71/164
Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento
Composición Abierta sobre el Envejecimiento en su séptimo período de sesiones, y
alienta a los Estados Miembros a que tengan presentes las recomendaciones que
figuran en ellos;
7.
Invita a los Estados Miembros a que sigan intercambiando sus
experiencias nacionales relativas a la elaboración y la aplicación de políticas y
programas orientados a fortalecer la promoción y protección de los derechos
humanos de las personas de edad, en marcos como el del Grupo de Trabajo de
Composición Abierta;
8.
Alienta a los Gobiernos a que aborden de manera activa, mediante
medidas nacionales, regionales e internacionales, las cuestiones que afectan a las
personas de edad y garanticen que la integración social de las personas de edad y la
promoción y protección de sus derechos formen parte esencial de las políticas de
desarrollo a todos los niveles;
9.
Invita a los Estados Miembros a que adopten y apliquen políticas no
discriminatorias y a que revisen y modifiquen de forma sistemática, según proceda,
las prácticas y reglamentos vigentes que discriminen a las personas de edad a fin de
promover un entorno propicio para estas personas;
10. Alienta a los Estados Miembros a que aborden la cuestión de la
discriminación por edad en las legislaciones nacionales pertinentes y tomen las
medidas apropiadas para prevenir la discriminación contra las personas de edad;
11. Exhorta a los Estados Miembros a que, de conformidad con sus
prioridades nacionales, promuevan el acceso equitativo y asequible para todos, sin
discriminación, a infraestructura física y social básica sostenible, en particular
terrenos habilitados asequibles, vivienda, servicios de energía renovable modernos,
agua potable y saneamiento, alimentación sana, nutritiva y adecuada, eliminación de
desechos, movilidad sostenible, asistencia sanitaria y planificación familiar,
educación, cultura y tecnologías de la información y las comunicaciones, y a que
velen por que esos servicios tengan en cuenta los derechos y las necesidades de las
personas de edad, reconociendo al mismo tiempo que la planificación y creación de
oportunidades para lograr que las ciudades incluyan la participación económica y
social de las personas de edad es un aspecto importante de la construcción de
ciudades sostenibles;
12. Alienta a los Gobiernos a que presten mayor atención a la creación de
capacidad para erradicar la pobreza entre las personas de edad, en particular entre
las mujeres, incorporando las cuestiones relativas al envejecimiento en las medidas
de erradicación de la pobreza, las estrategias de empoderamiento de la mujer y los
planes nacionales de desarrollo, y a que incluyan políticas específicas en materia de
envejecimiento e iniciativas de integración de la cuestión del envejecimiento en sus
estrategias nacionales;
13. Alienta a los Estados Miembros a que refuercen sus actividades de
desarrollo de la capacidad nacional para ocuparse de las prioridades nacionales en
materia de aplicación del Plan de Acción de Madrid definidas durante su examen y
evaluación, examinando y formulando estrategias que tengan en cuenta toda la
trayectoria vital de la persona y fomenten la solidaridad intergeneracional, el
fortalecimiento de los mecanismos institucionales, la investigación, la reunión y el
análisis de datos y la formación del personal necesario en la esfera del
envejecimiento;
14. Invita a los Estados Miembros a que determinen sus principales esferas
prioritarias para la aplicación del Plan de Acción de Madrid, entre ellas el
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