A/RES/74/73 Económica de los Estados de África Occidental y la Comunidad Económica de los Estados de África Central, sobre la paz, la seguridad, la estabilidad y la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento, organizada en coordinación con la Comisión de la Unión Africana, y acoge con beneplácito la Declaración de Lomé sobre la Paz, la Seguridad, la Estabilidad y la Lucha contra el Terrorismo y el Extremismo Violento aprobada en esa cumbre; 14. Alienta a la Comunidad Económica de los Estados de África Central y a la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental a que colaboren en la aplicación de la Declaración de Lomé; 15. Exhorta a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente a que ejecuten los programas de actividades aprobados en sus reuniones ministeriales, y pide a la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central que siga prestándoles apoyo a ese respecto; 16. Pide a la comunidad internacional que apoye los esfuerzos q ue realizan los Estados interesados por ejecutar sus programas de desarme, desmovilización y reintegración y exhorta a los Estados interesados a que velen por que en esos programas se tengan en cuenta las necesidades de las mujeres y los niños vinculados a excombatientes; 17. Acoge con beneplácito los esfuerzos del Camerún y del Congo para prestar asistencia, respectivamente, al Centro Interregional de Coordinación para la Seguridad y la Protección Marítimas en el Golfo de Guinea y al Centro Regional de Protección Marítima de África Central, y exhorta a los demás Estados miembros a que hagan efectivos sus compromisos financieros para que ambos centros puedan funcionar en forma previsible y sostenible; 18. Exhorta a los Estados Miembros a que sigan implementando los resultados de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno sobre la Seguridad y la Protección Marítimas en el Golfo de Guinea mediante la puesta en marcha del Centro Interregional de Coordinación para la Seguridad y la Protección Marítimas en el Golfo de Guinea y las actividades del Centro Regional de Protección Marítima de África Central, y alienta a que se aplique la Carta sobre la Seguridad y la Protección Marítimas y el Desarrollo en África aprobada en la Cumbre Extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana sobre la Seguridad y la Protección Marítimas y el Desarrollo en África; 19. Pide a los Estados Miembros y a los órganos subregionales que adopten de inmediato medidas concertadas para combatir el fenómeno de la caza f urtiva y el tráfico ilícito de fauna y flora silvestres y recursos naturales, incluso aplicando las disposiciones de las resoluciones 69/314, 70/301, 71/326 y 73/343; 20. Acoge con beneplácito la determinación de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad Económica de los Estados de África Central y la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental de establecer políticas comunes y programas conjuntos sobre la gestión de la ganadería y la trashumancia transfronteriza; 21. Alienta la elaboración de mecanismos de regulación comunitaria y hace un llamamiento para que se celebre una conferencia de alto nivel para discutir las cuestiones relativas a la ganadería y a la trashumancia transfronteriza con miras a lograr una gestión concertada e integrada; 22. Expresa su pleno apoyo a los esfuerzos desplegados por las Naciones Unidas, la Unión Africana y la Comunidad Económica de los Estados de África Central, subraya la importancia del proceso de reforma en curso de la Comunidad Económica 6/8 19-21874

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