A/RES/74/73 de los Estados de África Central y alienta a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente y a la comunidad internacional a que apoyen dicha reforma; 23. Exhorta a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente a que prosigan el examen de iniciativas concretas en materia de prevención de conflictos y solicita a este respecto la asistencia del Secretario General; 24. Solicita a la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central que, en colaboración con el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África, facilite los esfuerzos desplegados por los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente, en particular para ejecutar el Plan de Aplicación de la Convención de Kinshasa 14; 25. Solicita al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados que, con el apoyo de la comunidad internacional, sigan prestando asistencia a los países de África Central para hacer frente a los problemas relacionados con los refugiados y los desplazados que se encuentran en su territorio; 26. Solicita al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que sigan prestando todo su apoyo al buen funcionamiento del Centro Subregional para los Derechos Humanos y la Democracia en África Central; 27. Expresa su reconocimiento por el aumento de las contribuciones realizadas por varios Estados Miembros al fondo fiduciario para el Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas sobre las Cuestiones de Seguridad en África Central, recuerda a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente los compromisos que asumieron al aprobar, el 8 de mayo de 2009, la Declaración relativa al Fondo Fiduciario del Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas encargado de las Cuestiones de Seguridad en África Central 15 y, el 10 de junio de 2016, la Declaración de Bangui 16, e invita a los Estados miembros del Comité que aún no lo hayan hecho a que contribuyan al fondo fiduciario; 28. Insta a los demás Estados Miembros y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que apoyen con eficacia las actividades del Comité Consultivo Permanente haciendo contribuciones voluntarias al fondo fiduciario; 29. Insta a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente a que refuercen la participación de las mujeres en las distintas reuniones del Comité relativas al desarme y la seguridad internacional, en consonancia con la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, de 31 de octubre de 2000, y con la Declaración de Santo Tomé sobre la Participación de las Mujeres en las Reuniones Ordinarias del Comité, aprobada el 1 de diciembre de 2016 17, en la que se invitó a los Estados miembros a aumentar la representación de mujeres en las delegaciones que participaban en las reuniones ordinarias del Comité; 30. Expresa su satisfacción al Secretario General por su apoyo al Comité Consultivo Permanente, acoge con beneplácito el papel desempeñado por la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central, expresa su reconocimiento por el refuerzo de la Oficina y alienta encarecidamente a los Estados miembros del Comité y a los asociados internacionales a que apoyen las actividades de la Oficina; __________________ 14 15 16 17 19-21874 Véase A/65/717-S/2011/53, anexo. A/64/85-S/2009/288, anexo I. A/71/293, anexo I. A/72/363, anexo II. 7/8

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