Integración del deporte en las estrategias de prevención de la delincuencia y de justicia penal dirigidas a la juventud A/RES/74/170 pueden o no estar en conflicto con la ley pero que se encuentran abandonados, desatendidos, maltratados, explotados o expuestos al uso indebido de drogas, en situación marginal y, en general, en situación de riesgo social, Convencida de la importancia de prevenir la participación de los niños y los jóvenes en actividades delictivas respaldando su desarrollo y fortaleciendo su resiliencia frente a conductas antisociales y delictivas, de apoyar la rehabilitación de los niños y los jóvenes en conflicto con la ley y su reinserción en la sociedad, de proteger a los niños víctimas y testigos, en particular impidiendo la revictimización, y de atender las necesidades de los niños y los jóvenes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, y convencida también de que en las respuestas integrales en materia de prevención del delito y de justicia penal se deben tener en cuenta los derechos humanos y el interés superior de los niños, Reconociendo que los deportes y la actividad física tienen el poder de cambiar las percepciones, contrarrestar los prejuicios y mejorar los comportamientos, así como de inspirar a las personas, derribar las barreras raciales y políticas, promover la igualdad de género y luchar contra la discriminación, Destacando que la rehabilitación y la reinserción social de las personas privadas de libertad como resultado de una conducta delictiva figuran entre los objetivos esenciales del sistema de justicia penal y que las Reglas Nelson Mandela y otras reglas y normas pertinentes, en particular las Reglas de Beijing y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad 13 , recomiendan que las autoridades no solo ofrezcan programas relacionados con la educación, la formación profesional y el trabajo, así como otras formas de asistencia apropiadas y disponibles, incluidas las de carácter recuperativo, moral, espiritual y social y las basadas en la salud y el deporte, sino que también presten especial atención a los reclusos y reclusas jóvenes a este respecto, Tomando nota con aprecio del informe del Secretario General titulado “Fortalecimiento del marco mundial a fin de potenciar el deporte como medio para lograr el desarrollo y la paz” 14, que contiene una actualización del Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre el Deporte para el Desarrollo y la Paz 15, Reconociendo la complementariedad entre las iniciativas de prevención de la delincuencia y de justicia penal dirigidas a la juventud y la labor relativa al deporte para el desarrollo y la paz, y reconociendo también que esas iniciativas se podrían mejorar mediante enfoques coherentes e integrados a todos los niveles, con especial hincapié en la comunidad, la familia, los niños y los jóvenes, incluidos los que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, Alentando la colaboración entre todas las instancias correspondientes de gobierno y los interlocutores pertinentes de la sociedad civil a fin de reforzar y mantener estrategias, programas e iniciativas eficaces de prevención del delito, según proceda, y promover una cultura de paz y no violencia, Reconociendo la importante función de promoción que pueden desempeñar las federaciones deportivas internacionales en la armonización de las prioridades de los administradores deportivos, las Naciones Unidas y los gobiernos nacionales y municipales en materia de políticas, y reconociendo también la relación cada vez más estrecha entre el Comité Olímpico Internacional y las Naciones Unidas en lo que respecta al deporte para el desarrollo y la paz, __________________ 13 14 15 19-22315 Resolución 45/113, anexo. A/73/325. Véase A/61/373. 3/6

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