A/RES/58/51
nucleares, teniendo en cuenta las deliberaciones y los resultados de los períodos de
sesiones anteriores, debería hacer todo lo posible en sus sesiones tercera y, si ha lugar,
cuarta, para preparar un informe con recomendaciones a la Conferencia;
17. Destaca la importancia de que se presenten informes periódicos con
objeto de fomentar la confianza en el Tratado sobre la no proliferación de las armas
nucleares;
18. Exhorta a los Estados poseedores de armas nucleares a que respeten
plenamente los compromisos que han contraído respecto de las garantías de
seguridad hasta que se negocien a nivel multilateral garantías de seguridad
jurídicamente vinculantes para todos los Estados partes no poseedores de armas
nucleares;
19. Toma conocimiento de las propuestas en materia de garantías de
seguridad que se han presentado a los Estados partes en el Tratado sobre la no
proliferación de las armas nucleares y exhorta al Comité Preparatorio de la
Conferencia de las Partes del Año 2005 encargada del examen del Tratado a que en
su tercera sesión dedique tiempo a examinar a fondo la cuestión de las garantías de
seguridad a fin de formular recomendaciones a la Conferencia sobre la forma de
seguir abordándola;
20. Exhorta a los tres Estados (la India, Israel y el Pakistán) que aún no son
partes en el Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares y que explotan
instalaciones nucleares no sometidas a salvaguardias a que se adhieran
incondicionalmente y sin demora al Tratado como Estados no poseedores de armas
nucleares, a que apliquen los acuerdos de salvaguardias amplias pertinentes, junto
con protocolos adicionales compatibles con el Modelo de Protocolo Adicional al(a
los) Acuerdo(s) entre el(los) Estado(s) y el Organismo Internacional de Energía
Atómica para la Aplicación de Salvaguardias aprobado por la Junta de
Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica el 15 de mayo de
1997 10, para garantizar la no proliferación nuclear, y a que revoquen claramente y
con urgencia toda política encaminada a desarrollar o desplegar armas nucleares y
se abstengan de toda medida que pueda comprometer la paz y la seguridad
regionales e internacionales, así como los esfuerzos de la comunidad internacional
por lograr el desarme nuclear y prevenir la proliferación de las armas nucleares;
21. Reafirma su convicción de que el establecimiento de zonas libres de
armas nucleares internacionalmente reconocidas sobre la base de acuerdos
libremente concertados entre los Estados de las regiones afectadas fortalece la paz y
la seguridad mundial y regional, refuerza el régimen de no proliferación nuclear y
contribuye a la realización del objetivo del desarme nuclear;
22. Expresa preocupación por las tensiones en el Oriente Medio y el Asia
meridional y reitera su apoyo al establecimiento de una zona libre de armas
nucleares y otras armas de destrucción en masa en el Oriente Medio, y de una zona
libre de armas nucleares en el Asia meridional;
23. Exhorta a todos los Estados que no lo han hecho a que concierten
acuerdos de salvaguardias totales con el Organismo Internacional de Energía
Atómica y protocolos adicionales a sus acuerdos de salvaguardias sobre la base del
Modelo de Protocolo;
_______________
10
6
Organismo Internacional de Energía Atómica, INFCIRC/540 (corregido).
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