A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/22
12 de diciembre de 1995
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 44 del programa
RESOLUCIONES APROBADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/50/L.37 y Add.1 y
A/50/L.38 y Add.1)]
50/22.
La situación en el Oriente Medio
A
Jerusalén
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 36/120 E, de 10 de diciembre de 1981, 37/123
C, de 16 de diciembre de 1982, 38/180 C, de 19 de diciembre de 1983, 39/146 C,
de 14 de diciembre de 1984, 40/168 C, de 16 de diciembre de 1985, 41/162 C, de
4 de diciembre de 1986, 42/209 D, de 11 de diciembre de 1987, 43/54 C, de 6 de
diciembre de 1988, 44/40 C, de 4 de diciembre de 1989, 45/83 C, de 13 de
diciembre de 1990, 46/82 B, de 16 de diciembre de 1991, 47/63 B, de 11 de
diciembre de 1992, 48/59 A, de 14 de diciembre de 1993, y 49/87 A, de 16 de
diciembre de 1994, en que determinó que todas las medidas y actos legislativos
y administrativos de Israel, la Potencia ocupante, que hubieran alterado o
tuvieran por objeto alterar el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de
Jerusalén y, en particular, la denominada "ley básica" sobre Jerusalén y la
proclamación de Jerusalén como capital de Israel, eran nulos y debían
revocarse inmediatamente,
Recordando también la resolución 478 (1980) del Consejo de Seguridad, de
20 de agosto de 1980, en que, entre otras cosas, el Consejo decidió no
reconocer la "ley básica" y exhortó a los Estados que hubieran establecido
representaciones diplomáticas en Jerusalén a que retiraran tales
representaciones de la Ciudad Santa,
Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 24 de octubre
95-25745
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