A/RES/50/209 Página 2 Reafirmando que los gastos de la Misión de Verificación son gastos de la Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando también sus decisiones anteriores de que para sufragar los gastos de la Misión de Verificación se requiere un procedimiento diferente del que se aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada de contribuir a una operación de esa índole, Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de Verificación los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, Preocupada porque el Secretario General continúa enfrentando dificultades para saldar regularmente las obligaciones de la Misión de Verificación, en particular con respecto al reembolso a los Estados que están aportando contingentes o que los aportaron en el pasado, 1. Toma nota del estado de las contribuciones a la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Angola al 19 de diciembre de 1995, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 38.878.476 dólares de los Estados Unidos, que representan el 10% de todas las cuotas impuestas desde el establecimiento de la Misión de Verificación hasta el período terminado el 31 de diciembre de 1995, observa que aproximadamente el 21% de los Estados Miembros han pagado la totalidad de sus cuotas, e insta a los demás Estados Miembros, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago; 2. Expresa su preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al reembolso de los gastos a los países que aportan contingentes, y principalmente a los Estados Miembros que aportan contingentes y han abonado íntegramente sus cuotas, los cuales soportan una carga adicional debido al atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas; 3. Insta a todos los Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de Verificación; 4. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2/; 5. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que la Misión de Verificación se administre con el máximo de eficiencia y economía; 6. Decide consignar en la Cuenta Especial para la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Angola la suma adicional de 34.851.497 dólares en cifras brutas (36.216.158 dólares en cifras netas) para la /...

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