Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones Unidas A/RES/74/118 31. Acoge con beneplácito el creciente número de Estados Miembros y organizaciones regionales que han adoptado medidas para promover la aplicación de las Directrices sobre la Facilitación y Reglamentación Nacionales de las Operaciones Internacionales de Socorro en Casos de Desastre y Asistencia para la Recuperación Inicial, alienta a otros a que hagan lo mismo, según proceda, y acoge con beneplácito el valioso apoyo que las sociedades nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja están prestando a sus Gobiernos en esta esfera, en colaboración con la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios y otros asociados; 32. Alienta a los Estados a que establezcan un entorno propicio para el desarrollo de la capacidad de las autoridades locales y de las organizaciones no gubernamentales y comunitarias locales y nacionales a fin de que mejo re la preparación para prestar asistencia oportuna, eficaz y predecible, y alienta a las Naciones Unidas y otras organizaciones competentes a que respalden esos esfuerzos, incluso, cuando corresponda, en el ámbito del Marco Común para la Preparación del Comité Permanente entre Organismos, el Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible y la Estrategia Internacional para la Reducción de los Desastres, mediante la transferencia de tecnología, en condiciones convenidas mutuamente, y conocimientos especializados a los países en desarrollo y la prestación de apoyo para mejorar la capacidad de coordinación y desarrollar la capacidad en materia de ciencia y tecnología de los Estados afectados; 33. Reconoce el aumento del número y la magnitud de los desastres naturales, incluidos los debidos a los efectos adversos del cambio climático, que en algunos casos pueden contribuir a los desplazamientos y ejercer mayor presión sobre las comunidades de acogida, alienta a los Estados Miembros, las Naciones Unid as y los agentes y organizaciones competentes a que fortalezcan aún más las iniciativas destinadas a atender las necesidades de las personas desplazadas en el contexto de los desastres, incluidos los inducidos por el cambio climático, y observa a este resp ecto la importancia de compartir las mejores prácticas para prevenir dichos desplazamientos y estar preparados para ellos; 34. Exhorta a los Estados Miembros, las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias a que presten asistencia de emergencia de maneras que propicien la recuperación y el desarrollo a largo plazo, según proceda, incluso mediante la financiación plurianual y la asignación de prioridad a los instrumentos humanitarios que fortalecen la resiliencia, como las transferencias en efectivo, la adquisición local de alimentos y servicios, por ejemplo para los programas de alimentación escolar, y las redes de seguridad social, entre otros; 35. Alienta a los Estados Miembros y los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas a que respondan más eficazmente a las necesidades en contextos humanitarios, entre otras cosas, mediante la ampliación de las políticas de protección social y los mecanismos de transferencia en efectivo, cuando sea viable, en particular los programas de efectivo para múltiples propósitos, según proceda, para que las personas afectadas tengan flexibilidad a la hora de satisfacer sus necesidades humanitarias, y para apoyar el desarrollo de los mercados locales y reforzar la capacidad nacional y local, y a este respecto exhorta a las organizaciones humanitarias de las Naciones Unidas a que sigan desarrollando su capacidad para considerar de manera sistemática la puesta en marcha de programas de transferencia en efectivo junto con otras formas de asistencia humanitaria; 36. Alienta a los Estados Miembros, el sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones competentes a que mejoren, cuando sea posible, la financiación rápida y flexible de la preparación, la acción temprana, la respuesta temprana y la recuperación temprana, y a este respecto alienta a que se estudien y desarrollen 19-22035 11/18

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