Financiación del Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales
A/RES/70/243
7.
Decide consignar para el bienio 2016-2017 la suma adicional de
2.639.000 dólares correspondiente a las necesidades en concepto de pensiones de los
magistrados jubilados, y sus cónyuges supérstites, del Tribunal Penal Internacional
para Rwanda, y la suma de 881.100 dólares correspondiente a las necesidades en
concepto de prestaciones del seguro médico después de la separación del servicio
para los exfuncionarios del Tribunal;
8.
Solicita al Secretario General que, en el contexto de las futuras
solicitudes presupuestarias para el Mecanismo, incluya una provisión para financi ar
las obligaciones con vencimiento en el bienio correspondiente en concepto de
pensiones de los magistrados jubilados y cónyuges supérstites y de prestaciones del
seguro médico después de la separación del servicio para los exfuncionarios del
Tribunal Penal Internacional para Rwanda, el Mecanismo y, en su caso, el Tribunal
Internacional para la ex-Yugoslavia;
9.
Solicita también al Secretario General que, en el contexto de la próxima
solicitud presupuestaria para el Mecanismo, incluya, para su examen por la
Asamblea General, otras opciones para financiar mediante la subcuenta mencionada
en el párrafo 5 las obligaciones correspondientes a las pensiones de los magistrados
jubilados y cónyuges supérstites, así como las prestaciones del seguro médico
después de la separación del servicio para los exfuncionarios, por medios tales como
la posible transferencia del saldo no utilizado después de la liquidación de los
Tribunales;
10. Decide consignar en la Cuenta Especial para el Mecanismo Residual
Internacional de los Tribunales Penales la suma total de 137.404.200 dólares en
cifras brutas (126.945.300 dólares en cifras netas) para el bienio 2016 –2017, según
se detalla en el anexo de la presente resolución;
11. Decide también que la suma total sujeta a prorrateo para 2016 en relación
con la Cuenta Especial, que asciende a 24.769.200 dólares, consistirá en:
a)
68.702.100 dólares, que representan la mitad de la consignación estimada
aprobada para el bienio 2016-2017;
b)
Menos 43.932.900 dólares, que representan la reducción en la
consignación definitiva para el bienio 2014-2015 aprobada por la Asamblea General
en el párrafo 3 de la sección I;
12. Decide además prorratear entre los Estados Miembros la suma de
12.384.600 dólares en cifras brutas (10.870.975 dólares en cifras netas) con arreglo a la
escala de cuotas aplicable al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para 2016;
13. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 12.384.600
dólares en cifras brutas (10.870.975 dólares en cifras netas) c on arreglo a la escala
de cuotas aplicable a las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento
de la paz para 2016;
14. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución
973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del
prorrateo entre los Estados Miembros indicadas en los párrafos 12 y 13 las partes
que les correspondan en el Fondo de Nivelación de Impuestos del ingreso estimado
por concepto de contribuciones del personal, por valor de 3.027.250 dó lares,
aprobado para el Mecanismo para 2016.
82ª sesión plenaria
23 de diciembre de 2015
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