Financiación del Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales A/RES/70/243 7. Decide consignar para el bienio 2016-2017 la suma adicional de 2.639.000 dólares correspondiente a las necesidades en concepto de pensiones de los magistrados jubilados, y sus cónyuges supérstites, del Tribunal Penal Internacional para Rwanda, y la suma de 881.100 dólares correspondiente a las necesidades en concepto de prestaciones del seguro médico después de la separación del servicio para los exfuncionarios del Tribunal; 8. Solicita al Secretario General que, en el contexto de las futuras solicitudes presupuestarias para el Mecanismo, incluya una provisión para financi ar las obligaciones con vencimiento en el bienio correspondiente en concepto de pensiones de los magistrados jubilados y cónyuges supérstites y de prestaciones del seguro médico después de la separación del servicio para los exfuncionarios del Tribunal Penal Internacional para Rwanda, el Mecanismo y, en su caso, el Tribunal Internacional para la ex-Yugoslavia; 9. Solicita también al Secretario General que, en el contexto de la próxima solicitud presupuestaria para el Mecanismo, incluya, para su examen por la Asamblea General, otras opciones para financiar mediante la subcuenta mencionada en el párrafo 5 las obligaciones correspondientes a las pensiones de los magistrados jubilados y cónyuges supérstites, así como las prestaciones del seguro médico después de la separación del servicio para los exfuncionarios, por medios tales como la posible transferencia del saldo no utilizado después de la liquidación de los Tribunales; 10. Decide consignar en la Cuenta Especial para el Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales la suma total de 137.404.200 dólares en cifras brutas (126.945.300 dólares en cifras netas) para el bienio 2016 –2017, según se detalla en el anexo de la presente resolución; 11. Decide también que la suma total sujeta a prorrateo para 2016 en relación con la Cuenta Especial, que asciende a 24.769.200 dólares, consistirá en: a) 68.702.100 dólares, que representan la mitad de la consignación estimada aprobada para el bienio 2016-2017; b) Menos 43.932.900 dólares, que representan la reducción en la consignación definitiva para el bienio 2014-2015 aprobada por la Asamblea General en el párrafo 3 de la sección I; 12. Decide además prorratear entre los Estados Miembros la suma de 12.384.600 dólares en cifras brutas (10.870.975 dólares en cifras netas) con arreglo a la escala de cuotas aplicable al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas para 2016; 13. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 12.384.600 dólares en cifras brutas (10.870.975 dólares en cifras netas) c on arreglo a la escala de cuotas aplicable a las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz para 2016; 14. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicadas en los párrafos 12 y 13 las partes que les correspondan en el Fondo de Nivelación de Impuestos del ingreso estimado por concepto de contribuciones del personal, por valor de 3.027.250 dó lares, aprobado para el Mecanismo para 2016. 82ª sesión plenaria 23 de diciembre de 2015 3/4

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