A/HRC/RES/44/18
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
23 de julio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
30 de junio a 17 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 17 de julio de 2020
44/18.
Fortalecimiento de la cooperación internacional en la esfera de los
derechos humanos
El Consejo de Derechos Humanos,
Reafirmando su compromiso con la promoción de la cooperación internacional, de
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, en particular su Artículo 1, párrafo 3, así
como con las disposiciones pertinentes de la Declaración y el Programa de Acción de
Viena, aprobados en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993,
a fin de fomentar una cooperación genuina entre los Estados Miembros en la esfera de los
derechos humanos,
Recordando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre
de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible”, en la que la Asamblea aprobó un amplio conjunto de Objetivos de Desarrollo
Sostenible universales y transformativos, de gran alcance y centrados en las personas,
Recordando también la resolución 69/313 de la Asamblea General, de 27 de julio
de 2015, sobre la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que es parte integrante de la Agenda
2030 para el Desarrollo Sostenible,
Recordando además la Declaración del Milenio, aprobada el 8 de septiembre
de 2000, la resolución 74/153 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 2019, la
resolución 41/3 del Consejo de Derechos Humanos, de 11 de julio de 2019, y las
resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos relativas al fortalecimiento de la
cooperación internacional en la esfera de los derechos humanos,
Recordando la resolución 41/128 de la Asamblea General, de 4 de diciembre
de 1986, titulada “Declaración sobre el Derecho al Desarrollo”, en la que la Asamblea
señaló que los Estados tienen el deber de cooperar mutuamente para lograr el desarrollo y
eliminar los obstáculos al desarrollo,
Recordando también la resolución 48/141 de la Asamblea General, de 20 de
diciembre de 1993, titulada “Alto Comisionado para la promoción y la protección de todos
los derechos humanos”, en la que la Asamblea recordó que uno de los propósitos de las
GE.20-09930 (S)
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