A/RES/74/168
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
21 de enero de 2020
Septuagésimo cuarto período de sesiones
Tema 70 c) del programa
Promoción y protección de los derechos humanos:
situaciones de los derechos humanos e informes de
relatores y representantes especiales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 18 de diciembre de 2019
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/74/399/Add.3)]
74/168.
Situación de los derechos humanos en la República Autónoma
de Crimea y la ciudad de Sebastopol (Ucrania)
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, y
recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los tratados
internacionales de derechos humanos y otros instrumentos y declaraciones
internacionales pertinentes,
Recordando la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Racial 2, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 3 y el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos 4,
Recordando también los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 5 y su
Protocolo Adicional I de 1977 6, según proceda, así como el derecho internacional
consuetudinario pertinente,
Confirmando que los Estados tienen la responsabilidad primordial de promover
y proteger los derechos humanos,
Reafirmando la responsabilidad de los Estados de respetar el derecho
internacional, incluido el principio de que todos los Estados deben abstenerse de la
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19-22310 (S)
Resolución 217 A (III).
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
Ibid., vol. 1465, núm. 24841.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núms. 970 a 973.
Ibid., vol. 1125, núm. 17512.
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