A/HRC/RES/44/6
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
22 de julio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
30 de junio a 17 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 16 de julio de 2020
44/6.
Eliminación de la discriminación contra las personas afectadas
por la lepra y sus familiares
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos, principios y disposiciones de la Carta de las Naciones
Unidas,
Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, y recordando
los tratados internacionales de derechos humanos pertinentes, como el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,
la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial,
Acogiendo con beneplácito la labor de la Relatora Especial sobre la eliminación de
la discriminación contra las personas afectadas por la lepra y sus familiares y tomando nota
de los informes que esta ha presentado al Consejo de Derechos Humanos 1 y de las
recomendaciones formuladas en ellos,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, sobre la
construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los
Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio
de 2007, y destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de
conformidad con esas resoluciones y sus anexos,
Recordando también sus resoluciones 8/13, de 18 de junio de 2008, 12/7, de 1 de
octubre de 2009, 15/10, de 30 de septiembre de 2010, 29/5, de 2 de julio de 2015, y 35/9,
de 22 de junio de 2017, y la resolución 65/215 de la Asamblea General, de 21 de diciembre
de 2010,
Recordando además la universalidad, indivisibilidad, interdependencia
interrelación de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales,
1
A/HRC/38/42, A/HRC/41/47 y A/HRC/44/46 y Adds.1 y 2.
GE.20-09797 (S)
230720
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