A/RES/60/177
necesiten y habilitar a esas personas para que hagan valer plenamente sus derechos en
el sistema de justicia penal.
19. Observamos con preocupación el problema del tráfico de drogas ilícitas y
las graves consecuencias socioeconómicas que entraña y, por consiguiente,
exhortamos a fortalecer la cooperación internacional en la lucha contra esa forma
de delincuencia organizada.
20. Fortaleceremos la cooperación internacional a fin de crear un entorno
propicio para la lucha contra la delincuencia, entre otras cosas, promoviendo el
crecimiento y el desarrollo sostenible y erradicando la pobreza y el desempleo
mediante estrategias de desarrollo y políticas de prevención del delito eficaces y
equilibradas.
21. Exhortamos a los Estados que aún no lo hayan hecho a que pasen a ser
partes en los instrumentos universales contra el terrorismo y apliquen sus
disposiciones. A fin de aumentar la capacidad de los Estados para pasar a ser partes
en esos instrumentos y cumplir las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad contra el terrorismo, expresamos nuestro apoyo a los continuos esfuerzos
emprendidos por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en
el marco de su mandato y en coordinación con el Comité contra el Terrorismo y la
Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo, del Consejo de Seguridad, por
ayudar a los Estados en lo que respecta a la ratificación y aplicación de esos
instrumentos, prestándoles la asistencia técnica que soliciten. Eso podría
comprender asistencia a los sistemas de justicia penal para facilitar la aplicación
eficaz de esos instrumentos.
22. Expresamos la esperanza de que la negociación en curso del proyecto de
convención general sobre el terrorismo internacional concluya a la mayor brevedad
posible. En ese contexto, reconocemos que una de las cuestiones clave que quedan
por resolver es decidir acerca de una posible definición de terrorismo. Exhortamos
a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar el
Convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear 11.
23. Estamos convencidos de que la pronta entrada en vigor y subsiguiente
aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción son
fundamentales para los esfuerzos emprendidos a nivel internacional a efectos de
luchar contra la corrupción y, por consiguiente, asignamos alta prioridad a apoyar
las iniciativas que se adopten con ese fin, y exhortamos a todos los Estados que aún
no lo hayan hecho a que procuren firmar y ratificar la Convención o adherirse a ella.
24. También estamos convencidos de que la debida gestión de los asuntos y
los bienes públicos y el imperio de la ley son esenciales para la prevención y el
control de la corrupción, incluso, entre otras cosas, mediante medidas eficaces para
la investigación y el juzgamiento de los delitos de esa índole. Además, reconocemos
que para poner freno a la corrupción es necesario promover una cultura de
integridad y rendición de cuentas tanto en el sector público como en el privado.
25. Estamos convencidos de que la recuperación de activos es uno de los
componentes esenciales de la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción y, por esa razón, subrayamos la necesidad de adoptar medidas para
facilitar la recuperación de activos, en consonancia con los principios enunciados
en esa Convención.
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11
Resolución 59/290, anexo.
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