A/RES/67/231
Naciones Unidas
Distr. general
9 de abril de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 70 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 21 de diciembre de 2012
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/67/L.50 y Add.1)]
67/231. Cooperación internacional para la asistencia
humanitaria en los casos de desastre natural,
desde el socorro hasta el desarrollo
La Asamblea General,
Reafirmando su resolución 46/182, de 19 de diciembre de 1991, cuyo anexo
contiene los principios rectores del fortalecimiento de la coordinación de la
asistencia humanitaria de emergencia del sistema de las Naciones Unidas, así como
todas sus resoluciones relativas a la cooperación internacional para la asistencia
humanitaria en los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo, y
recordando las resoluciones aprobadas por el Consejo Económico y Social en las
series de sesiones sobre asuntos humanitarios de sus períodos de sesiones sustantivos,
Reafirmando también los principios de neutralidad, humanidad, imparcialidad
e independencia en la prestación de asistencia humanitaria,
Reafirmando además la Declaración de Hyogo 1, el Marco de Acción de Hyogo
para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante
los desastres 2 y la Declaración Común de la Reunión Especial sobre el Desastre del
Océano Índico: Reducción de los Riesgos para un Futuro Más Seguro 3, aprobados
en la Conferencia Mundial sobre la Reducción de los Desastres, que se celebró en
Kobe, Hyogo (Japón) del 18 al 22 de enero de 2005, y teniendo en cuenta que la
aplicación del Marco de Acción de Hyogo finalizará en 2015,
Tomando nota con aprecio de los resultados del examen de mitad de período
del Marco de Acción de Hyogo y acogiendo con beneplácito la cuarta reunión de la
Plataforma Mundial para la Reducción del Riesgo de Desastres, que se celebrará en
Ginebra del 19 al 23 de mayo de 2013, y el “Informe de evaluación global sobre la
reducción del riesgo de desastres 2013”,
_______________
1
A/CONF.206/6, cap. I, resolución 1.
Ibid., resolución 2.
3
A/CONF.206/6, anexo II.
2
12-49249S
*1249249*
Se ruega reciclar