A/RES/70/137
Derechos del niño
forma adaptada a la evolución de sus capacidades, con la dirección y la orientación
apropiadas de los padres y los tutores legales, con la participación activa de todos
los interesados pertinentes, con el fin de modificar los patrones socioculturales de
conducta de hombres y mujeres de todas las edades, eliminar los prejuicios, y
promover y crear aptitudes de comunicación, reducción de riesgos y adopción de
decisiones para entablar relaciones respetuosas basadas en la igualdad entre los
géneros y los derechos humanos, así como programas de educación y capacitación
de profesores para la enseñanza académica y no académica;
v)
Midan los progresos en la realización del derecho a la educación, por
ejemplo, mediante la elaboración de indicadores nacionales como instrumento
importante para hacer efectivo el derecho a la educación y para formular políticas,
evaluar sus resultados y garantizar la transparencia;
50. Insta a todos los Estados y a todas las partes interesadas pertinentes a que
den una alta prioridad a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible, incluido el Objetivo de Desarrollo Sostenible y las metas relacionados
con la educación;
IV
Seguimiento
51. Expresa apoyo a la labor de la Representante Especial del Secretario
General sobre la Violencia contra los Niños, y reconoce los progresos logrados
desde la creación de su mandato en su promoción de la prevención y la eliminación
de todas las formas de violencia contra los niños en todas las regiones y en la
promoción de la aplicación de las recomendaciones del estudio de las Naciones
Unidas sobre la violencia contra los niños 33 , en particular mediante sus consultas
regionales y temáticas y sus misiones sobre el terreno, así como los informes
temáticos referidos a los nuevos problemas;
52. Recomienda al Secretario General que prorrogue el mandato de la
Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños,
conforme a lo establecido en los párrafos 58 y 59 de su resolución 62/141, por un
período adicional de tres años, y mantiene su apoyo a que el desempeño efectivo e
independiente del mandato de la Representante Especial y la sostenibilidad de dicho
mandato se financien con cargo al presupuesto ordinario;
53. Insta a todos los Estados, solicita a las entidades y organismos de las
Naciones Unidas e invita a las organizaciones regionales y a la sociedad civil,
incluidas las organizaciones no gubernamentales, a que cooperen con la Representante
Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños para seguir
impulsando la aplicación de las recomendaciones del estudio de las Naciones
Unidas sobre la violencia contra los niños, y alienta a los Estados a que presten
apoyo a la Representante Especial, en particular suficiente apoyo financiero de
carácter voluntario, para que siga desempeñando de forma eficaz e independiente su
mandato, e invita a las organizaciones, incluido el sector privado, a que hagan
contribuciones voluntarias a este fin;
54. Recuerda su resolución 69/157, en la que invitó al Secretario General a
que encargara un estudio mundial a fondo sobre los niños privados de libertad,
financiado mediante contribuciones voluntarias y, en este sentido, alien ta a los
Estados Miembros, los organismos, fondos, programas y oficinas de las Naciones
Unidas, así como a otros interesados pertinentes, a que apoyen la elaboración del
estudio;
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